¿Que hago si me rechazaron la devolución de impuestos?
En años anteriores el proceso de devolución automática había sido una experiencia amable para los contribuyentes en especial para los asalariados.
Pero para este año como consecuencia de la versión 1.2. de CFDI de nómina se han presentado diversas inconsistencias que originan el rechazo de la devolución automática del saldo favor (plazo de cinco días) .
En estos supuestos el procedimiento a seguir dependerá del motivo que el sistema identifique como inconsistencia, este mismo dará las acciones que deberá efectuar el contribuyente para subsanar las omisiones.
Si el motivo del rechazo son errores en el llenado de la declaración, la acción a seguir será presentar la declaración complementaria y en su caso presentar la solicitud de devolución en el for- mato electrónico de devoluciones que se encuentra disponible en el buzón tributario. En dado caso de no contar con dicho buzón debe darlo de alta para continuar con el trámite.
Cabe señalar que en el caso de solicitarla por medio de formato electrónico se pierde el derecho a la devolución automática de cinco días. En estos supuestos si todos los datos son correctos la devolución tardará 40 días en efectuarse. En el formato respectivo debe indicarse la cuenta CLABE, que debe estar a nombre del contribuyente, ya que en el mismo formato electrónico se solicita se adjunte un estado de cuenta de la institución financiera en donde aparezca el RFC del contribuyente y dicha cuenta. Si no se cumple con el requisito no procederá el trámite.
Si fue de los afortunados de que fuera aprobada su devolución automática tiene la ventaja de monitorear el estatus en la aplicación.