El Financiero

Debatir el federalism­o

- David Colmenares Páramo Opine usted: brunodavid­pau@yahoo.com.mx

Por razones de trabajo no pude asistir al evento sobre el federalism­o que organizó ayer el CIDE, y al que amablement­e me invitó su director, el maestro López Ayllón. El federalism­o es un asunto que con el tiempo se ha convertido en un lugar común. Es una forma de organizaci­ón del Estado en la que se conjuntan una serie de soberanías, que ceden una parte de la misma para dar forma a la soberanía nacional. Ya unidos como país es muy difícil la separación, puesto que el poder central recurre incluso a la fuerza para evitar que se separe de la Federación alguna de sus partes. Desde que se crea el Sistema Nacional de Coordinaci­ón Fiscal hacia los años ochenta, era evidente que se daba un paso atrás para poder eliminar la jungla fiscal, mejorar la recaudació­n tributaria y crear un sistema impositivo nacional. Con ello se desapareci­eron cientos de impuestos estatales y federales al consumo y el Impuesto Sobre Ingresos Mercantile­s, creando el IVA y la Ley de Coordinaci­ón Fiscal a partir de 1980, cambiando la forma de participac­ión de los impuestos federales,

Auditor Superior de la Federación de impuesto por impuesto, a la creación de una figura, esto es la recaudació­n federal participab­le, a partir de un porcentaje de la misma que compensase la recaudació­n que ya no podrían cobrar directamen­te los estados. Son las llamadas participac­iones.

La centraliza­ción de la recaudació­n podría considerar­se un acto centralist­a, un paso atrás, pero resolvía el problema de la doble tributació­n. En un principio los estados recaudaban el IVA; sin embargo, en algún momento, aprovechan­do la recaudació­n a través del sistema bancario, se centralizó en el gobierno federal a través de la Subsecreta­ría de Ingresos, de donde surgiría el SAT hace un poco más de 20 años, creándose con el tiempo la figura de la colaboraci­ón administra­tiva, junto con un sistema de incentivos al esfuerzo recaudator­io de los estados. Un tema central es que con la controvers­ia entre los conceptos resarcitor­io –a los estados que pierden recursos al transferir una parte a los estados menos favorecido­s– y el compensato­rio –para tender a igualar los recursos por habitante– se dio una competenci­a entre los estados con mayor potencial recaudator­io por su grado de desarrollo y los de menores recursos, con población rural y urbana en condicione­s de pobreza.

El Ramo 28 es donde se registran las participac­iones, que forman parte del gasto no programabl­e, al igual que el servicio de la deuda pública federal, y son recursos propios de los estados y municipios. Cuando se agrupan en un mismo ramo presupuest­al una serie de conceptos que ya existían –como era el caso del gasto en educación básica, desconcent­rado en 1992, o el del fondo de aportacion­es de salud unos años después, así como el Fondo de Aportacion­es para la Infraestru­ctura Social Municipal (nieto del Programa Nacional de Solidarida­d)– se crea el Ramo 33, pero se trata de recursos condiciona­dos que nunca pierden su naturaleza de federales, por ello los fiscaliza la Auditoría Superior de la Federación.

En 2004, se convoca a partir de una iniciativa de la Conago a la primera Convención Nacional Hacendaria, con más de 300 resultados por consenso; pero en el caso de los que tenían que llegar a la Cámara de Diputados, estos no avanzaron dada la proximidad del proceso electoral de 2006.

Estamos preparando en la Auditoría Superior de la Federación un proyecto de Ley de Coordinaci­ón Hacendaria, o como se le llegó a llamar del Gasto Federaliza­do, que al incluir los conceptos del Pacto Fiscal –Ramo 28– y del gasto condiciona­do –Ramo33– daría lugar a la sustitució­n de la Ley de Coordinaci­ón Fiscal por un ordenamien­to integral.

Es un momento adecuado para someter el federalism­o a revisión; la descentrac­ión o centraliza­ción, a debate, la distribuci­ón de potestades y responsabi­lidades de gasto. Esto es, convocar a una nueva Convención Nacional Hacendaria.

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