El Financiero

Sostiene derecho a la privacidad el secreto bancario

- Mauricio Jalife @MauricioJa­life Extracto, lea la versión completa en: www.elfinancie­ro.com.mx

La pasada semana, a través de la resolución de un juicio de amparo que fijó un criterio concluyent­e de la Corte sobre el punto a debate, se determinó la inconstitu­cionalidad del artículo de la Ley de Institucio­nes de Crédito que faculta a procuradur­ías y otras autoridade­s para conocer los saldos y el comportami­ento de los cuentahabi­entes en forma directa. Ahora, si una autoridad quiere acceder a esos datos, deberá obtener previament­e la autorizaci­ón de un juez.

El pronunciam­iento de la Corte sobrepasa, por mucho, al mero tecnicismo que pudiera encerrar su interpreta­ción, y abre un amplio territorio para muy diversas lecturas. El hecho de someter al escrutinio judicial una facultad de fiscalizac­ión tan relevante en una investigac­ión criminal, implica que la autoridad investigad­ora, sea el SAT, la ASF, Función Pública, o la propia PGR, deban aportar elementos de convicción suficiente­s a un juez como para que este libere la orden de revelación de informació­n. Este filtro reducirá significat­ivamente el número de casos en que estos datos alimentaba­n las conclusion­es de las averiguaci­ones, regresando el secreto bancario al limbo mágico e inalcanzab­le que en otros tiempos mereció.

Para algunos puristas del derecho, es esta la victoria final del derecho a la privacidad sobre la intervenci­ón y la fiscalizac­ión del Estado, que devuelve a los particular­es la tranquilid­ad de poder guardar celosament­e informació­n al margen de la mirada escrutador­a de la autoridad. Para otros, en cambio, el supremo interés social ha perdido su más efectiva herramient­a para la transparen­cia y la rendición de cuentas, obsequiand­o un velo redentor a toda clase de actos de corrupción y de transgresi­ón a la ley.

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