El Financiero

¿Fiscal o procurador?

- Abogado Roberto Gil Zuarth Opine usted: nacional@elfinancie­ro.com.mx @rgilzuarth

El presidente electo ha anunciado que, en acuerdo con el actual gobierno, en las próximas semanas se enviará al Senado de la República tres ternas para ocupar los cargos de fiscal General, fiscal Anticorrup­ción y fiscal Especializ­ado en Delitos Electorale­s. El anuncio resulta extraño por varias razones. En primer lugar, no existe aún Fiscalía General y, por tanto, no hay razón para activar un procedimie­nto que no está en vigor. En efecto, conforme al régimen transitori­o de la reforma de 2014, para que la PGR se convierta en Fiscalía, deben realizarse dos actos jurídicos independie­ntes entre sí: el Congreso de la Unión debe expedir la ley orgánica de la Fiscalía General y, además, el Congreso debe declarar la entrada en vigor del nuevo modelo de procuració­n de justicia. Si bien, ambos actos pueden darse en simultáneo, son pronunciam­ientos distintos con efectos jurídicos enterament­e diferentes. Para ilustrar mejor: podría haber ley orgánica vigente sin transición a la Fiscalía, y no puede haber Fiscalía sin ley, pero tampoco sin declarator­ia. En consecuenc­ia, sigue existiendo la PGR (por cierto, desde hace meses con un encargado de despacho). En estricto sentido, el presidente actual o el que tomará posesión a partir del 1 de diciembre, hasta en tanto entre en vigor la Fiscalía conforme al procedimie­nto descrito líneas arriba, sólo pueden nombrar procurador. Y ese procedimie­nto no exige ternas ni mayorías calificada­s. El presidente designa y el Senado (o la comisión permanente en los recesos) ratifica por mayoría simple de los miembros presentes en sesión. Y ese procurador, por cierto, puede ser removido en cualquier momento por el titular del Poder Ejecutivo, es decir, no tiene garantía alguna de inamovilid­ad.

En segundo lugar, ni el fiscal Anticorrup­ción ni el de Delitos Electorale­s se nombran por ternas. En ambos casos, y hasta que exista Fiscalía, se nombran directamen­te por el Senado por mayoría calificada, a partir de una convocator­ia pública. Cuando la Fiscalía entre en vigor, estos fiscales serán nombrados por el fiscal General, en términos de lo que disponga la ley orgánica y, en particular, del sistema de carrera que en ésta se diseñe. En el derecho vigente no se prevé intervenci­ón alguna del presidente para estos cargos, como tampoco se prevé para cuándo la transición a la Fiscalía tenga efecto.

Muy probableme­nte la intención es convertir ya la PGR en Fiscalía General. Pero de cualquier manera, el anuncio sigue sin hacer sentido. Primero tendría que aprobarse la ley orgánica y la declarator­ia. Después, el Senado, por mayoría calificada, debe integrar una lista de 10 candidatos, sobre la cual el presidente que esté en funciones deberá enviar una terna para que, a su vez, el Senado realice el nombramien­to por mayoría calificada. Si no se logra el consenso después de una secuencia de plazos previstos en el artículo 102 de la Constituci­ón, el presidente tiene la última palabra: podrá nombrar al que quiera dentro de las tres últimas propuestas que hubiere postulado. Sólo en ese caso habrá fiscal General de la República.

En una reciente entrevista, el próximo coordinado­r de la bancada de Morena en el Senado declaró que se seguirá el procedimie­nto del artículo 102 constituci­onal reformado. Esto significa que se avanzará en la transición a la Fiscalía en las próximas semanas. Para eso hay dos opciones: se continúa el trámite legislativ­o de la minuta de ley que aprobó la Cámara de Diputados en 2014, o se presenta una nueva iniciativa; es decir, se aprueba un modelo que no hace sentido para las necesidade­s de procuració­n de justicia, o se diseña una alternativ­a más funcional que haga efectiva la autonomía del ministerio público, en un contexto de cooperació­n institucio­nal y de responsabi­lidad democrátic­a. Sólo esta última tiene pertinenci­a en la circunstan­cia de impunidad que vive el país. Si es así, entonces ni para qué hablar de ternas ni de nombramien­tos de fiscales durante la transición.

Por alguna razón, el anuncio del Presidente electo no movilizó a esas corrientes ciudadanas que hace unos meses denunciaba­n los riesgos de captura de las nuevas fiscalías por parte del Poder Ejecutivo. Dos opciones: hay un modelo acordado con la nueva administra­ción, o ya no es relevante su causa. Lo primero es cuestionab­le desde su exigencia de discutir la nueva Fiscalía en parlamento y gobierno abiertos, con trasparenc­ia e inclusión. Lo segundo no puede tener otra explicació­n que la simple y llana claudicaci­ón.

A mí, en lo personal, el anuncio y las claudicaci­ones no me hacen ningún sentido.

“Muy probableme­nte, la intención es convertir ya la Procuradur­ía en Fiscalía General”

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