El Financiero

Crecimient­o acelerado

- Cifras al cierre de cada periodo, en número de 2018*

Las primeras disposicio­nes secundaria­s para la regulación de las empresas Fintech serían publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) hoy, según lo dispuesto en la ley general promulgada el 9 de marzo pasado.

A partir de esto, las empresas denominada­s en la regulación como institucio­nes de tecnología financiera tendrán un año para solicitar su registro a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), para así operar bajo una de las figuras que establece la ley: como institució­n de fondeo colectivo, fondos de pago electrónic­os o como modelo novedoso.

La autorizaci­ón otorgada por el órgano regulador requerirá de la revisión previa de un Comité Interinsti­tucional, una instancia colegiada integrada por dos servidores públicos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dos del Banco de México y dos de la Comisión. En sólo dos años se han duplicado el número de Fintechs en México.

REQUISITOS PARA OPERAR

Entre los requisitos que requerirán estas empresas para operar están la generación de un manual de riesgo, contar con un oficial de cumplimien­to avalado por la CNBV y cubrir el capital mínimo para operar, que dependerá de las actividade­s que estos quieran realizar, por

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