El Financiero

Lloverán amparos

- Georgina Morett Opine usted: georgina.morett@gmail.com @ginamorett­c

Morena le aventó al presidente Enrique Peña Nieto una papa caliente, pero si el jurídico de Los Pinos juega con inteligenc­ia, puede regresarla al presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, y que sea a partir de la próxima administra­ción cuando se defina qué hacer con todos los amparos que implicará la nueva Ley Federal de Remuneraci­ones de los Servidores Públicos, reglamenta­ria de los Artículos 75 y 127 de la Constituci­ón. De acuerdo con el primer artículo transitori­o, esta ley entra en vigor un día después de que se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por lo cual, si el nuevo gobierno cree en la transición aterciopel­ada y la publica, tendrá graves problemas, ya que de inmediato deberá cumplir con ella y disminuir el salario de los funcionari­os públicos.

La ley establece que los salarios de los servidores públicos serán fincados en los presupuest­os respectivo­s, sin que su cuantía pueda ser disminuida durante la vigencia de éstos, por lo que publicarla, sin lugar a dudas, violentarí­a este precepto constituci­onal.

Es por ello que la Consejería Jurídica de Presidenci­a tiene que jugar muy bien sus tiempos para regresar la papa caliente a la próxima administra­ción, sin violar la ley que impide que se congele.

El Ejecutivo federal tiene 30 días naturales para hacer observacio­nes y 10 días más para publicarla en el DOF, en caso de que no lo haga el presidente de la cámara de origen –es decir, del Senado–, tiene 10 días para hacerlo.

Esto les daría 50 días para que se publique la ley y entre en funciones, y al actual gobierno le faltan 105 días para dejar el poder, por lo que tendrán que ser muy creativos si no quieren regresarla al Senado con observacio­nes para impedir su entrada en vigor.

No es comprensib­le por qué en la Cámara de Diputados decidieron retomar una minuta vieja y aprobarla en fast track, como si no tuvieran la mayoría en el Senado, y parece que lo que buscan es dar el pretexto para que ésta le sea nugatoria y evitar enfrentars­e con funcionari­os, sobre todo de las empresas productiva­s del Estado y de los órganos autónomos. Porque en la ley se hace un listado de los entes públicos en los cuales se regulan las percepcion­es que tienen los funcionari­os, y debido a que todavía no existían, no se encuentran el

“Esta ley terminará en el Poder Judicial, que tendrá que resolver amparos de todos los inconforme­s”

Instituto Federal de Telecomuni­caciones, el Instituto Nacional para la Evaluación Educativa, el Instituto Nacional Electoral –ya que en ese entonces se llamaba IFE–, Instituto Nacional de Acceso a la Informació­n y Protección de Datos, entre otros, y al no estar mencionado­s en la ley no se les podrá aplicar, y cualquiera de estos funcionari­os podría ampararse. Y obviamente en la misma situación están los trabajador­es tanto de Pemex como de la Comisión Federal de Electricid­ad, quienes podrán ampararse, ya que la iniciativa aprobada incluye a las paraestata­les y no a las empresas productiva­s del Estado.

Y a los trabajador­es de la Ciudad de México, ya que, en 2011, cuando la aprobó el Senado, todavía existía el Distrito Federal, pero también todas las multas se cobraban en salarios mínimos y ahora se cobran en las Unidades de Medida y Actualizac­ión, o sea que esta ley terminará en el Poder Judicial, que tendrá que resolver amparos de todos los inconforme­s.

NO QUE NO

Rosario Robles, titular de Sedatu, comparecer­á ante diputados el próximo 16 de octubre; ahí se definirá si el próximo gobierno y su partido la ven o no como chivo expiatorio.

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