Morena va por poder juzgar a presidentes
Sería por corrupción, fraude electoral y delitos contra la humanidad
Un presidente de la República en funciones que viole la Constitución, cometa delitos contra la humanidad, participe en actos de corrupción o participe en un fraude electoral deberá ser imputado penalmente, propuso Morena en la Cámara alta.
El senador de ese partido, Salomón Jara Cruz, presentó una iniciativa con proyecto de decreto, la cual fue turnada a las comisiones de Puntos Constitucionales, Anticorrupción y Estudios Legislativos, por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 108 constitucional en materia de responsabilidad penal del presidente de la República.
La Constitución vigente establece que al presidente sólo se le pueden fincar responsabilidades penales por traición a la patria y la comisión de delitos graves del orden común.
De acuerdo con el senador Salomón Jara, en nuestro país la responsabilidad penal que se le puede imputar a un presidente en funciones es un tema que ha estado caracterizado en nuestro sistema jurídico por una gran ambigüedad sobre la forma en que debe ser aplicada, lo cual ha propiciado lagunas legales que han ocasionado, en los hechos, que sea inaplicable dicha disposición.
Ello, dijo, ha propiciado que se le haya otorgado gradualmente al titular del Ejecutivo total inmunidad, por lo que se le ha eximido de cualquier tipo responsabilidad. “Nos encontramos hoy en una nueva etapa de la vida pública del país, en donde estamos impulsando las acciones legislativas que transparenten y permitan que en nuestra patria no haya ningún tipo de inmunidades o privilegios”, adujo. Por ello, el senador planteó que el contenido de la iniciativa propone que un presidente en funciones pueda ser sometido a un minucioso escrutinio y, si fuera el caso, se le pueda iniciar un procedimiento específico tendiente a que pueda ser sujeto de responsabilidad penal, para lo cual propuso reformar el artículo 108 Constitucional, el cual quedaría de la siguiente manera: “El presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, podrá ser acusado por traición a la patria, violación a esta Constitución, delitos contra la humanidad, así como por actos de corrupción o por cualquiera de los delitos electorales vigentes, debidamente comprobados por la autoridad competente en la materia”.