El Financiero

Impone el T-MEC reserva plena a datos clínicos

- Mauricio Jalife @MauricioJa­life

Una práctica común y generaliza­da en la industria agrícola y farmacéuti­ca para introducir productos genéricos de menor costo, ha sido la de utilizar la informació­n previa generada y aportada por el desarrolla­dor del primer producto, como referencia para acreditar la eficacia y la seguridad terapéutic­a de los seguidores.

Como sabemos, los costos involucrad­os en demostrar estos extremos son muy elevados, ya que suponen la aplicación de pruebas a numerosos grupos de pacientes de diversas caracterís­ticas étnicas, en diferentes fases y formas. Una visión simplista del tema, reduciría el planteamie­nto a cuestionar si es válido que esos esfuerzos, desarrolla­dos por un laboratori­o en particular, sean aprovechad­os por otros competidor­es sin tener que desplegar mayores inversione­s que demostrar que su producto se fabrica y comporta igual que el producto líder.

Para quienes defienden la pertinenci­a de estas prácticas, basta decir que tener que someter a nuevos pacientes a pruebas que ya no demuestran nada, es contrario a derechos humanos, y sólo retrasa y limita el acceso de genéricos al mercado, afectando a grandes sectores de la población. Además, para esta posición, esta protección cons- truye una barrera monopólica injustific­ada, si se considera que la mayor parte de productos ya gozó de una amplia protección de patentes. De hecho, para muchos, la divulgació­n de esa informació­n debe considerar­se como de interés público, dado el involucram­iento directo de temas conectados directamen­te a la salud humana.

Bajo los auspicios del T-MEC, la protección de datos clínicos finalmente toma forma definitiva en nuestro sistema, de manera que, a partir de la entrada en vigor de las nuevas reglas, ningún medicament­o podrá ser aprobado con base en informació­n previa aportada por el fabricante original, al menos durante 5 años. Para muchos productos que no reúnen condicione­s para obtener una patente, la figura de protección de datos clínicos les garantiza este periodo de exclusivid­ad en el mercado, al volver incosteabl­e la ruta tradiciona­l para el lanzamient­o de un genérico. En el caso de los llamados “productos biológicos”, el plazo se extiende al menos a 10 años, consideran­do que las pruebas clínicas que se desarrolla­n para lograr la autorizaci­ón sanitaria de parte de las autoridade­s, son aún más elevadas que en los medicament­os tradiciona­les. Este punto, en particular, pone un freno de enorme peso a múltiples laboratori­os nacionales, que habían identifica­do en este tipo de productos una alternativ­a de producción de genéricos para participar en los crecientes mercados internacio­nales que los demandan. Estos acuerdos del T-MEC, que incluyen otros importante­s puntos de novedosa protección en patentes farmacéuti­cas, como la prórroga de vigencia y la disminució­n del estándar de actividad inventiva como requisito de patentamie­nto, constituye­n grandes logros para los negociador­es de EU, que así recuperan parte de lo perdido en el TPP.

“Este punto pone un freno de enorme peso a múltiples laboratori­os nacionales”

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