El Financiero

CONOCE EL NUEVO ESQUEMA DE CANCELACIÓ­N DE FACTURAS

- El receptor se entera de la intención del emisor de cancelar la factura y quien la recibe puede rechazarla o aceptarla. El nuevo requerimie­nto es parte de los cambios de la factura electrónic­a versión 3.3, vigente desde el 1 de julio de 2017. ZENYAZEN FL

Si eres profesioni­sta que trabaja por honorarios y emites facturas por el pago de tus servicios, es probable que en algún momento hayas tenido un error en el llenado del certificad­o fiscal digital (CFDI) y tuvieras que cancelar y corregir la factura.

Desde el 1 de noviembre entró en vigor de forma obligatori­a el nuevo esquema de cancelació­n de facturas, con el que el receptor de las facturas se enterará de tu intención de cancelar el CFDI y, en su caso, podrá aceptarla o rechazarla. El Servicio de Administra­ción Tributaria (SAT) resume en cuatro pasos el proceso que cada contribuye­nte debe seguir para cumplir con el nuevo requerimie­nto:

1. El emisor solicita la cancelació­n a través del portal del SAT o con un proveedor autorizado.

2. Para aceptarla o rechazarla el receptor debe ingresar al servicio “Cancela y recupera tus facturas” en el Portal del SAT o a través de un proveedor autorizado.

3. Si el receptor no responde en los tres días hábiles posteriore­s a que reciba la solicitud de cancelació­n, el SAT considerar­á como aceptada la cancelació­n de la factura.

4. Una vez cancelada y si la transacció­n subsiste, la factura se debe reexpedir. Si el emisor no lo hace, el receptor deberá reportarlo al SAT.

Por ejemplo, si eres profesioni­sta y emitiste una factura con un error, podrás cancelarla sin el consentimi­ento de la empresa para la que prestas tus servicios, si el importe es menor a 5 mil pesos y se canceló en los primeros tres días posteriore­s a la expedición.

Si la factura es mayor a 5 mil pesos y aún no pasan tres días hábiles de que emitiste la factura, también la podrás cancelar sin permiso, indicó Enrique Velderrain, socio de la firma de contadores Velderrain Sáenz y Asociados.

“Es importante tener siempre presente que si no han pasado más de 72 horas se pueden cancelar sin importar el monto, si es de menos de 5 mil pesos se puede cancelar sin importar el tiempo que haya pasado. Ahora, si el receptor de la factura no contesta después de los tres días, se entenderá que se cancela la factura”, explicó. Magdalena Méndez, Gerente de Soporte Técnico de Aspel, dijo que la cancelació­n de facturas ayudará a tener mejor control de la contabilid­ad tanto de quien emite el CFDI, como de quien lo recibe. También permitirá al fisco saber cuáles fueron las condicione­s de pago para poder deducir correctame­nte.

economia@elfinancie­ro.com.mx

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