El dinero del IMPI
Según la ley, las tarifas que los particulares pagamos por servicios que presta el Estado deben corresponder a los costos involucrados. Bajo esa premisa, al cubrirse los casi tres mil pesos que corresponden al trámite de un registro de marca, la contraprestación debe ser proporcional al tiempo de los empleados que participan, el uso de instalaciones, recursos técnicos y materiales y todo aquello que incide en poder brindar al usuario un servicio expedito y confiable. Tradicionalmente hemos sabido que muchas de las tarifas que se pagan al IMPI, son claramente desproporcionadas. Mientras que para ciertos servicios, como la tramitación completa de juicios de nulidad o infracción, los costos son excesivamente bajos, para otras gestiones simples y rutinarias los costos son excesivos e injustificables, como sucede con la renovación de registros de marca o el trámite de las llamadas “oposiciones”. Hemos entendido que unos financian a otros. Al final,