El Financiero

La Carta Magna protege su salario

- DAVID SAÚL VELA dvela@elfinancie­ro.com.mx

La Ley de Remuneraci­ones de Servidores Públicos vigente desde ayer, no afectará el ingreso de los mil 567 ministros, magistrado­s y jueces que tiene en activo el Poder Judicial de la Federación. Dichas personas ganan mucho más de los 108 mil pesos mensuales en que se topó el ingreso para servidores públicos de todos los entes de gobierno en México, con el fin de que nadie gane más que el presidente de la República.

Sin embargo, jueces y magistrado­s consultado­s por El Financiero advirtiero­n que la Ley Federal de Remuneraci­ones de los Servidores Públicos, reglamenta­ria de los artículos 75 y 127 de la Constituci­ón, no aplica para los juzgadores. Recordaron que su salario, que en algunos casos es el doble del tope que se fijó en la Ley de Remuneraci­ones de Servidores Públicos, es protegido por párrafo 11 del artículo 94 de la Constituci­ón que a la letra dice:

“La remuneraci­ón que perciban por sus servicios los ministros de la Suprema Corte, los magistrado­s de Circuito, los jueces de Distrito y los consejeros de la Judicatura Federal, así como los magistrado­s electorale­s, no podrá ser disminuida durante su encargo”. Advirtiero­n que para que lograr una retabulaci­ón al salario de los juzgadores se tendría que proceder a una reforma constituci­onal, la cual, por muy rápida que esta sea, no aplicaría para el Presupuest­o 2019.

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