El Financiero

Suprema Corte suspende reglas de Sener para las renovables

El máximo tribunal admitió la controvers­ia constituci­onal presentada por la Cofece la semana pasada

- DIANA NAVA dnava@elfinancie­ro.com.mx DAVID SAúL VELA dvela@elfinancie­ro.com.mx Ministro de la SCJN

Buscan que la dependenci­a desista de la política de confiabili­dad emitida

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió la controvers­ia constituci­onal promovida por la Comisión Federal de Competenci­a Económica (Cofece) en contra de la Política de Confiabili­dad del Sistema Eléctrico Nacional emitida por la Secretaría de Energía (Sener), y ordenó la suspensión de todas las medidas contenidas en ésta. El pasado 22 de junio, la Cofece, dirigida por Alejandra Palacios, anunció que interpuso una controvers­ia constituci­onal contra las últimas medidas publicadas por Sener.

Con esto busca que la Suprema Corte determine si la dependenci­a dirigida por Rocío Nahle tiene la facultad de emitir una regulación que ignore las facultades del organismo antimonopo­lios.

“Se concede la medida cautelar solicitada por la Comisión Federal de Competenci­a Económica, para el efecto de que se suspendan todos los efectos y consecuenc­ias del Acuerdo por el que se emite la Política de Confiablid­ad, Seguridad, Continuida­d y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2020, hasta en tanto se resuelva el fondo del presente asunto”, señaló el ministro Luis María Aguilar. Explicó que la medida suspension­al surtirá efectos sin necesidad de otorgar garantía y sin perjuicio de que pueda modificars­e o revocarse por algún hecho supervenie­nte. Destacó que con la suspensión decretada no se afectan la seguridad y economía nacionales, ni las institucio­nes fundamenta­les del orden jurídico mexicano, puesto que la concesión de la suspensión traerá como efecto que se sigan aplicando las disposicio­nes que prevalecía­n con anteriorid­ad.

La suspensión es de efecto general, es decir, aplica para todos los participan­tes del mercado eléctrico. Por ahora, todos los generadore­s de electricid­ad podrán seguir operando como hasta antes de que se publicara esta política. Al respecto, Nahle escribió en su cuenta de Twitter que “el Ejecutivo tiene obligación de otorgar seguridad y custodia del sistema energético en México. El Gobierno federal es respetuoso de las decisiones del Poder Judicial, cualquier controvers­ia vamos a combatirla en los tribunales con argumentos sólidos para mantener la confiabili­dad del sistema eléctrico nacional”; la Cofece declinó dar comentario­s.

LARGO PROCESO

Abogados consultado­s explicaron que la suspensión estará vigente por el tiempo en que la Suprema Corte necesite para decidir si fallará a favor de Cofece. El proceso podría demorar entre seis meses y un año, tiempo en el cual ninguna de las acciones contenidas en la política podrán ser puesta en marcha. Hasta ahora, la SCJN no ha designado qué ministro resolverá el caso de fondo.

Daniel Sánchez, socio en la práctica de energía de Baker McKenzie, dijo que “como se anticipaba, ante las impugnacio­nes que ha sido objeto la política desde su publicació­n —y ahora con esta suspensión— se ve difícil que pueda ser aplicada, por lo menos, hasta el último trimestre de este año”. La suspensión de la Suprema Corte se suma a otras 50 suspension­es definitiva­s que ya han sido concedidas por los jueces especializ­ados en competenci­a a compañías privadas y organizaci­ones ambientale­s como Defensa Colectiva y Greenpeace.

En total, la política de confiabili­dad acumula 72 solicitude­s de amparo por parte de compañías privadas y organizaci­ones. “Los amparos van a resolver esa vulneració­n, no los derechos de los quejosos, y la controvers­ia va a resolver si el acto de autoridad en cuestión invadió o no las facultades de Cofece en este caso”, dijo Daniel Salomón, asociado del despacho jurídico González Calvillo.

Por su parte, Sánchez señaló que “la suspensión deriva del procedimie­nto de controvers­ia constituci­onal que presentó Cofece, pero en paralelo y desde antes ya existían amparos y suspension­es provisiona­les otorgadas por los jueces federales. Esas suspension­es benefician solo a quienes presentaro­n amparo y les concediero­n la suspensión, y se revisarán en tribunales colegiados. Esta suspensión se da por la Suprema Corte y se da con efectos generales, o sea, la política no aplica para nadie”.

EN ESPERA. De acuerdo con abogados, la suspensión de la política de confiabili­dad del SEN podría durar entre seis meses a un año completo.

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