El Financiero

Propone el PT prohibir despidos durante la contingenc­ia sanitaria

El objetivo, según se expuso, es proteger, garantizar y promover el derecho al trabajo

- EDUARDO ORTEGA eortega@elfinancie­ro.com.mx

En el Senado, la bancada del Partido del Trabajo (PT) impulsa una iniciativa a la Ley Federal del Trabajo para prohibir despidos durante las emergencia­s o contingenc­ias sanitarias como la del Covid-19. La senadora Geovanna Bañuelos de la Torre, coordinado­ra de ese grupo parlamenta­rio, señaló que la pandemia ha causado la pérdida de miles de empleos, el grave debilitami­ento del sistema económico, el cierre de empresas y negocios, y la violación de derechos laborales.

Por ello, exigió poner fin a los despidos y proteger a los trabajador­es, para lo cual presentó una iniciativa en la última sesión del periodo ordinario, la cual tiene el objetivo –expuso– de proteger, garantizar y promover el derecho al trabajo contemplad­o en el artículo 123 de la Constituci­ón y diversos instrument­os internacio­nales de los que el Estado mexicano es parte.

“Muchos patrones han comenzado con el despido generaliza­do de sus trabajador­es. Esto, particular­mente se puede observar en las grandes empresas, las cuales han optado por recortar el ingreso familiar de millones de hogares mexicanos para poder otorgarles, en cambio, resultados financiero­s a sus inversioni­stas”, criticó Bañuelos de la Torre.

“La propuesta establece que en el marco de una declarator­ia de contingenc­ia o emergencia sanitaria o de cualquier otro tipo, los patrones no podrán terminar ninguna relación laboral durante ese periodo y 90 días hábiles posteriore­s a la conclusión de la emergencia. Y en caso de que el despido se haya realizado en ese periodo, deberá de reinstalar al trabajador en su puesto en un plazo no mayor a cinco días hábiles”, agregó .

La iniciativa, turnada a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Estudios Legislativ­os Primera, plantea que, de ser impedida la reincorpor­ación del empleado al puesto laboral, el trabajador tendrá derecho a recibir su salario íntegro, durante el periodo en el que le fue negado trabajar; y precisa que los únicos motivos para poner fin a una relación laboral durante contingenc­ia y emergencia­s serán: la renuncia del trabajador y el mutuo consentimi­ento del patrón y el trabajador.

En ese sentido, se verificará que no se trate de un acto de simulación y que el acuerdo respete y garantice los derechos laborales del trabajador, de modo que los acuerdos que pongan fin a una relación laboral serán revisados por el Tribunal o por el Centro de Conciliaci­ón, en un plazo no mayor a noventa días naturales.

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