A contrarreloj, reglas de planeaciones fiscales
A partir de enero de 2021 los asesores fiscales y contribuyentes, entre ellos empresas, deberán revelar al fisco sus planeaciones fiscales de 2020 e incluso las que hayan hecho con anterioridad, en el supuesto de que sus efectos fiscales se hubieran reflejado este año.
Sin embargo, Hacienda y el SAT no han emitido todas las reglas necesarias para cumplir con la revelación de los esquemas reportables, falta clarificar el límite de las operaciones a reportar y emitir reglas para dar constancia de esquemas no reportables.
“En virtud de que se impuso a Hacienda la obligación de emitir el acuerdo secretarial que establezca la excepción de minimis, se solicita que emita tal acuerdo, pues ese umbral será el punto de partida para definir qué operaciones califican como esquemas reportables”, emplazó la Barra Mexicana Colegio de Abogados. César Catalán, integrante de la Comisión Técnica de Fiscal Internacional del Colegio de Contadores Públicos de México, explicó en entrevista que entre las reglas que faltan se encuentra poner un límite a las operaciones que deben o no ser reportables.
“No es lo mismo que una persona física que tiene ingresos pequeños tenga la obligación de reportar un esquema y que puedan representar una recaudación menor, contra operaciones multimillonarias que efectivamente son interesantes para la recaudación del erario”, apuntó.
Otras reglas ausentes son las relacionadas con esquemas que ya actualmente se reportan al fisco en la declaración anual, en la declaración de operaciones relevantes, en reestructuras internacionales o nacionales, o en avisos de fusión y escisión de sociedades.
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MDP Es la sanción máxima para los asesores fiscales que no revelen un esquema reportable o con errores. 2
MDP Es la infracción por no informar al SAT cualquier cambio a la planeación fiscal después de revelarla.