Ley del IMSS vulnera derecho a pensión
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró que la Ley del Seguro Social vulnera el derecho a la seguridad social al no reconocer derechos de los beneficiarios de una persona trabajadora que cotizó las semanas exigidas, pero falleció durante su reincorporación al régimen obligatorio. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia determinó el 27 de abril pasado que el artículo 183, fracción III, de la anterior Ley del IMSS, y su correlativo 150, fracción III, de la ley vigente, vulneran el derecho a la seguridad social al no prever la conservación de derechos de una persona trabajadora que, habiendo cotizado las semanas exigidas por la ley para tener derecho a una pensión se da de baja, reingresa al régimen obligatorio, pero fallece sin cotizar las semanas requeridas para el reconocimiento del periodo anterior.
Moisés Pérez Peñaloza, especialista en pensiones, explicó en entrevista que en la actualidad hay muchos supuestos sobre el tema de pensiones que no están precisados en la ley del IMSS, por lo que es positivo que la SCJN de claridad sobre el asunto.
“La decisión reconoce la realidad. La Ley pide mínimo 500 semanas para tener derecho a una pensión bajo la ley de 1973, y si la persona ya había cumplido las semanas, regresa a trabajar, fallece en el periodo de recuperación de derechos, pero ya en esencia tenía el derecho, que es lo que está diciendo la Corte”, recalcó el especialista. Pérez Peñaloza explicó que la persona regresó a trabajar y la Ley lo que dice es que se requiere volver a cotizar un año para recuperar los derechos anteriores. Pero ella falleció antes de cumplir el año y para el IMSS ya había perdido todo, así la Corte señaló que ya tenía derecho a la pensión, por el hecho de haber logrado antes de la muerte el mínimo de semanas determinadas en la legislación.
SEMANAS De cotización es lo mínimo que exige la Ley para tener derecho a una pensión, bajo la ley de 1973. 52
SEMANAS Requiere volver a trabajar alguien para recuperar sus derechos si dejó de cotizar más de 5 años.