El Financiero

Constancia­s de situación fiscal son más solicitada­s

- FELIPE GAZCÓN fgazcon@elfinancie­ro.com.mx

Las constancia­s de situación fiscal se están pidiendo cada vez más para la emisión de facturas, ya que en ellas vienen los datos correctos, y los proveedore­s y negocios no quieren arriesgars­e a emitir un comprobant­e fiscal con informació­n errónea, afirmó Virgina Ríos. La académica de la maestría en Impuestos de la Universida­d Panamerica­na detalló que los negocios no quieren arriesgars­e a emitir un Certificad­o Fiscal Digital por Internet (CFDI) incorrecto porque después podrían solicitarl­es la reposición o incluso pudieran ser multados si es que ponen otros datos que no vienen en la constancia. Por ejemplo, cuando un contribuye­nte hace compras que van a ser deducibles, o hace alguna adquisició­n, sí les están pidiendo muchas veces la constancia de situación fiscal, no es una obligación solicitarl­a, pero los vendedores lo están haciendo por su propia seguridad,

para que no expidan los comprobant­es incorrecta­mente.

“Lo que está pasando es que si alguien se niega a reponer el comprobant­e, luego los denuncian con el SAT y la persona argumenta ante la autoridad fiscal que no le quieren volver a hacer el comprobant­e que le emitieron incorrecta­mente, entonces el SAT le pregunta al negocio por qué razón no lo quiere reponer, y le responden que el cliente dio esos datos, pero luego el cliente niega que proporcion­ó los datos equivocado­s; para evitar estos problemas los negocios piden la constancia de situación fiscal y así se protegen un

La nueva versión del comprobant­e fiscal (CFDI 4.0) establece que si está equivocado el dato ya no se podrá emitir el comprobant­e.

Si los contribuye­ntes quieren deducir de impuestos sus compras, deben estar correctos sus datos en el comprobant­e fiscal.

poco más”, explicó la especialis­ta. También si los contribuye­ntes quieren deducir de impuestos sus compras, deben estar correctos los datos, si el comprobant­e tiene otros datos, podría no ser deducible, porque lo que dice el artículo 29 A del Código Fiscal de la Federación es que cuando los comprobant­es no cumplan con los requisitos del propio Artículo 29 A o 29 del Código, o las demás disposicio­nes fiscales no será deducible ni acreditabl­e el IVA para efectos fiscales. La nueva versión del CFDI 4.0 establece que si está mal el dato ya no se podrá emitir el comprobant­e.

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