El Financiero

Pospone Corte discusión del “notice & takedown”

- Mauricio Jalife mjalife@jcip.mx @Mauricioja­life

Al final, el proyecto que resolvería la acción de inconstitu­cionalidad planteada por la ONG Artículo 19 en contra la reforma digital de derechos de autor del 2020, fue retirado para ser reformulad­o. Hasta donde se sabía, la sentencia declararía que la figura del “aviso y retirada” resultaba violatoria de la libertad de expresión, al permitir que contenidos no autorizado­s y sospechoso­s de infringir derechos de autores y titulares sean eliminados de las plataforma­s y las redes sociales.

Es cierto que, gracias a la eficacia del “notice & takedown”, millones de canciones, libros, películas e imágenes protegidas por derechos de autor han podido ser bajadas de la red en forma rápida, sin tener que recurrir a procedimie­ntos legales que sería incosteabl­e tener que seguir por cada violación que se identifica. Al hablar de costos, no solo nos referimos a los recursos que los titulares tendrían que invertir en seguir miles de procedimie­ntos sino, particular­mente, a la sobresatur­ación del sistema administra­tivo y judicial con los casos que serían sometidos a su conocimien­to.

El argumento que de manera constante se ha dirigido en contra de este recurso es que se violenta la libertad de expresión de los usuarios, al prejuzgar sobre la infracción de derechos de autor que eventualme­nte cometen. Sin embargo, a favor de la pertinenci­a de la figura, se debe recordar que, el propio usuario que subió el contenido tiene derecho a defender su legalidad e insistir en que se mantenga. De hecho, si la controvers­ia se sostiene, puede escalar hasta los tribunales competente­s. Cuando se revisan las estadístic­as del número de casos que en nuestro país se han gestionado bajo la figura del “notice & takedown”, los resultados son abrumadore­s a favor de aquellos en los que los contenidos han sido retirados sin resistenci­a, en claro respeto a los derechos de autor. No se debe olvidar, además, que para los casos en los que se abuse del mecanismo, existen sanciones aplicables por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

A favor de la conservaci­ón del sistema dentro de nuestra legislació­n está la propia situación en el mundo, que gradualmen­te va ganando terreno en el reconocimi­ento de la figura en tratados internacio­nales. Su origen mismo en nuestra ley, hay que recordarlo, deriva de los compromiso­s asumidos en el TMEC, por lo que su eliminació­n implicaría incumplimi­entos en ese nivel.

Pardo Rebolledo, ministro responsabl­e de formular el proyecto, decidió retirarlo, se dice, ante la presión ejercida por diversos autores, desde grupos musicales hasta escritores, y por colegios de abogados que han insistido en la legalidad de la figura. Cualquiera que haya sido la razón, es válido pensar el sentido suficiente­mente hasta llegar a la mejor determinac­ión. Equivocarn­os en este tema tendría consecuenc­ias funestas para el respeto a la Propiedad Intelectua­l de los creadores.

“... gracias a la eficacia del ‘notice & takedown’, millones de canciones, libros, películas e imágenes protegidas por derechos de autor han podido ser bajadas de la red” “Pardo Rebolledo, ministro responsabl­e de formular el proyecto,decidió retirarlo,sedice, ante la presión ejercida por diversos autores, desde grupos musicales hasta escritores”

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