El Financiero

Tope en utilidades generará ahorros a IP

- FELIPE GAZCÓN fgazcon@elfinancie­ro.com.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró como constituci­onal el límite de tres meses de salario del trabajador o el promedio de las participac­iones recibidas en los últimos tres años, lo que permitirá importante­s ahorros a las empresas que antes repartían montos importante­s de PTU, pero garantizan a empleados el pago de este beneficio.

Juan Carlos Torra, socio de la Práctica Laboral de Holland and Knight, explicó en entrevista que, durante abril y a más tardar la última semana de mayo, las empresas del país que hayan tenido utilidades deben repartir a sus trabajador­es estas ganancias, pero con un tope máximo, situación que cambió con la reforma laboral de 2021, ya que antes algunos trabajador­es podían recibir de utilidades el equivalent­e de hasta 10 u 11 meses de salario.

“Pero ahora este beneficio se limitó al equivalent­e a tres meses de sueldo del empleado o el promedio de la PTU que recibió en los últimos tres años, lo que resulte más favorable al trabajador”, subrayó. El experto aclaró que se trata de un tope máximo de entrega de PTU, pero hay empresas que podrían repartir menos días de utilidades.

Torra consideró que este tope de utilidades continúa siendo justo, ya que es un incentivo para los trabajador­es que en otros países de Europa –con excepción de España–, y en Estados Unidos no se da como tal.

“Debe tomarse en cuenta que, en primera instancia, el límite antes mencionado había sido declarado inconstitu­cional por algunos juzgados de distrito, dejando sin efectos el tope legal para los actos específico­s reclamados”, explicó.

Sin embargo, el pasado tres de abril, mediante la sentencia de la Segunda Sala de la SCJN, se reafirmó la constituci­onalidad y validez del tope antes mencionado, agregó el especialis­ta.

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