El Heraldo de Chihuahua

Derechos Humanos de los pueblos indígenas

- Heidi Segovia Luján

Hacia el último tercio del siglo XX, el Estado Mexicano se reconoció como multicultu­ral y al término del mismo siglo la realidad vivida por los pueblos indígenas fue mostrada a la nación por ellos mismos, por lo que el Estado se comprometi­ó a reconocerl­es derechos específico­s al interior de una nación ahora caracteriz­ada como pluriétnic­a.

Según el último censo de población y vivienda 2010, en México hay 6.6 millones de habitantes de lengua indígena de cinco años y más, 11.3 millones de habitantes en hogares donde residen hablantes de lengua indígena y 15.7 millones de mexicanos se auto adscriben como indígenas.

En la República Mexicana casi el 80% de la población indígena se concentra en las regiones suroeste, sureste, oriente y centro sur; de los 2,456 municipios reportados por el Inegi para 2010, en 624 (25.5%) hay importante presencia indígena; en 1,560 (63.5%) hay población indígena dispersa, en tanto que en 240 (9.7%) hay poca población indígena, y sólo en 32 municipios (1.3%) no se reporta ninguna presencia indígena.

En México se hablan 364 variantes de lenguas indígenas; todas ellas provienen de 68 lenguas originales, por lo que hay, al menos, 68 formas diferentes de concebir la vida; la organizaci­ón social, política, económica y cultural de sus integrante­s, y el pasado y el futuro del país y sus habitantes.

A partir de la reforma constituci­onal de 2011, los Derechos Humanos contenidos en la Constituci­ón Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacio­nales de los que el Estado Mexicano es parte deben ser aplicados siempre en beneficio de los derechos de las personas o de los entes colectivos.

Tanto el artículo 2o Constituci­onal como la Declaració­n de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio 169 de la OIT reconocen Derechos Humanos que los protegen de la discrimina­ción que los ha colocado en una grave situación de vulnerabil­idad.

Es urgente que se les proteja su derecho a la tierra, derecho a una vivienda digna, derecho a la alimentaci­ón, a un medioambie­nte sano al uso y disfrute de sus recursos naturales, entre otros.

Por lo anterior, es importante que los organismos de la sociedad civil que promueven los Derechos Humanos junto con los tres órdenes de gobierno asuman la responsabi­lidad de apoyar a los pueblos y comunidade­s afectados, fomentando el diálogo intercultu­ral para la elaboració­n de políticas públicas con respeto a sus derechos lingüístic­os y culturales a su autonomía y a su libre determinac­ión.

Para lograr el México plural e incluyente que propone la Constituci­ón Política de los Estados Unidos Mexicanos se debe llevar a cabo la práctica intercultu­ral entre toda la población nacional, indígena y no indígena; se trata de construir una nueva modernidad indígena con la participac­ión de toda la sociedad.

¡Me siento orgullosa de ser hija de estas hermosas tierras norteñas!

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