Sólo 31 años de cárcel por desaparecer a 4 jóvenes
FEM presentó pruebas de crimen organizado, privación de la libertad, desaparición forzada para una pena de por lo menos 63 años
CHIHUAHUA, Chih.- El Tribunal de Enjuiciamiento encabezado por Alba Gámez, Hilda Márquez y Daniela Torres decidió sentenciar a 31 años de prisión a los policías municipales de Parral Iván Francisco L.B. el Robocop y Omar Iván R.J. el Policholo, por la desaparición de cuatro jóvenes estudiantes durante el 2018.
Pese a que la Fiscalía Especializada de la Mujer acreditó la colaboración entre agentes de seguridad con grupos del crimen organizado, la desaparición forzada en contra de Sigrid y Oswaldo, así como la privación de la libertad de un testigo reservado, el Tribunal de Enjuiciamiento decidió hacer un concurso en la pena y consideró que 31 años era suficiente por los delitos cometidos a estas tres víctimas y posiblemente en contra de Merari y Mayra.
De acuerdo a los delitos encuadrados por los agentes del Ministerio Público en este caso que ha ocasionado gran polémica en el estado incluso a nivel nacional, los dos agentes municipales deberían haber recibido una pena mínima de 63 años de prisión o la máxima de 120 años de prisión por los delitos cometidos siendo servidores públicos.
Durante la realización de la formulación de cargos, vinculación a proceso y todo el juicio oral, los agentes de la Fiscalía Especializada de la Mujer presentaron evidencia, información y datos de prueba para que ambos agentes municipales fueran acusados por desaparición forzada de particulares en perjuicio de dos víctimas Sigrid y Oswaldo, por lo cual hubieran recibido al menos 60 años de prisión por este delito.
Dentro del delito, se contempla que si la víctima de desaparición corresponde a una mujer, la pena puede incrementar la mitad del rango de la pena, es decir 30 años más por ser mujer, de acuerdo a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada.
Además de que no se individualizó la pena por cada una de las tres víctimas, las jueces del tribunal, resolvieron que se debía tomar la pena del mayor delito y aplicarlo a los dos agentes, a pesar de haber más agravantes, como ser mujer, haber varias víctimas, nexos criminales, ser servidor público y otras características más que incrementan dicha pena de acuerdo a la ley.
Por otra parte, en el caso de la tercera víctima, quien se convirtió en el principal testigo visual de los hechos, a quien le perdonaron la vida, el Tribunal de Enjuiciamiento consideró que ambos agentes municipales deben cumplir con una pena de nueve meses de prisión a pesar del riesgo que implica para la víctima la libertad de los mismos.
De acuerdo a los datos recabados por la Fiscalía General, de ambos agentes se acreditó que tienen nexos con el crimen organizado en el municipio de Parral, por lo cual la víctima tuvo que cambiar su domicilio y toda la información personal para no ser localizado por este presunto grupo criminal.
En el caso de Merari y Mayra, los agentes del Ministerio Público dejaron abierta la posibilidad de que ambos agentes conocen o tuvieron participación en la desaparición de las dos jóvenes, sin que hasta el momento fuera la oportunidad para presentar dicha evidencia, ya que se encontraban en juicio por tres víctimas.
La Fiscalía Especializada de la Mujer presentó un recurso de impugnación en el Tribunal de Alzada, para que los magistrados del Tribunal Superior de Justicia analicen la resolución que emitió el Tribunal de Enjuiciamiento de 31 años de prisión y reconsidere si pueden o no dar más años de prisión a estos dos agentes.