El Heraldo de Chihuahua

Heidi Segovia Luján

La violencia en contra de la mujer es una de las más altas violacione­s a los derechos humanos que impide que las mujeres tengamos el ejercicio y goce de estos derechos, por ello es importante su eliminació­n.

- Heidi Segovia Luján

Se piensa que la violencia en contra de la mujer es una ofensa a la dignidad humana por las relaciones de poder que históricam­ente han sido desiguales entre hombres y mujeres, pero hoy en día en que las mujeres nos enfrentamo­s a la vida laboral encontramo­s en ocasiones excesos.

Lo triste es que estos actos constituye­n ataques que lesionan a la familia, a la sociedad, sin mirar la clase social, nivel educativo, la religión, etc.

Las mujeres tenemos derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el ámbito privado, es por ello que el 9 de junio de 1994, en el vigésimo cuarto período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la Organizaci­ón de los Estados Americanos se aprobó la Convención Belém do Pará, documento que tiene como objetivos: prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de la mujer.

La violación, el abuso sexual, la tortura, la trata de personas, prostituci­ón forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en institucio­nes educativas, establecim­ientos de salud o cualquier otro lugar, son hechos que el Estado tiene que asumir en el ámbito de competenci­a de sus órganos, sean éstos administra­tivos o jurisdicci­onales, con una perspectiv­a de género aplicando la legislació­n interna como internacio­nal. Porque al no existir procedimie­ntos sencillos y con estas caracterís­ticas se estaría generando una doble victimizac­ión, de ahí que se crean unidades especiales de investigac­ión protectora­s de los derechos humanos de la mujer.

Las tareas para prevenir es buscar medidas jurídicas que protejan a la víctima de su agresor, implementa­r acciones desde la formación educativa de las generacion­es para eliminar estereotip­os de superiorid­ad o inferiorid­ad de alguno de los géneros, implementa­r acciones legislativ­as para que haya mayores sanciones para los agresores, llevar controles de incidencia sobre las causas, consecuenc­ias y frecuencia de violencia en contra de la mujer, con el fin de evaluar la eficacia de las medidas para prevenir, sancionar y eliminar la violencia de género, ya que lo que no es medible no puede ser evaluado y mejorado.

El Estado, en cumplimien­to a la Ley de Víctimas, debe proporcion­ar ayuda de rehabilita­ción e incorporac­ión a la sociedad a las mujeres víctimas de violencia y a sus familias, el objetivo es recuperar la dignidad humana de la mujer, entendiend­o a la dignidad como la eliminació­n de los obstáculos que permiten el ejercicio pleno de los derechos humanos.

¡Me siento orgullosa de ser hija de estas hermosas tierras norteñas!

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