El Heraldo de Chihuahua

RFC para jóvenes mayores de 18 años

- Zulma Chacón Franco Contadora Pública y Maestra en Administra­ción Pública

Hace unos días mi hija andaba un poco ansiosa,

pues para realizar un trámite laboral le solicitaba­n su registro federal de contribuye­ntes (RFC) ante el Servicio de Administra­ción Tributaria (SAT), ella tiene 21 años y nunca se había registrado, lo que le estaba ocasionand­o retraso en su trámite.

Al intentar agendar una cita en el portal del SAT, le marcaba que ya estaba dada de alta como contribuye­nte; le expliqué, que segurament­e, en un restaurant­e de comida rápida en el que trabajó a la edad de 18 años, era probable que la hubieran dado de alta, y sí, efectivame­nte, gracias a ese trabajo, ella estaba registrada como contribuye­nte desde entonces, de no haber sido así, hubiera tenido que hacer todo el trámite que esto implica, retrasando sus planes laborales.

Les platico lo anterior, por los cambios que se darán al Código Fiscal de la Federación, como parte de la propuesta de la miscelánea fiscal 2022; donde se plantea que los mayores de edad se inscriban al padrón de contribuye­ntes.

Actualment­e, se permite inscribir en el Registro Federal de Contribuye­ntes (RFC) a las personas físicas menores de edad a partir de los dieciséis años de edad, con su CURP, obteniendo con esto su cédula de identifica­ción fiscal. Siempre y cuando presten un servicio personal subordinad­o (salarios); con fundamento legal en el Código Fiscal de la Federación, artículo 27; Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22 y 23; Ley General de Población, artículo 91; Resolución Miscelanea Fiscal, regla 2.4.14; y, el Código Federal de Procedimie­ntos Civiles, artículo 297.

Con el propósito de que los jóvenes se puedan incorporar lo más pronto posible a la vida laboral e impulsar la cultura tributaria, el gobierno federal propone al Congreso de la Unión en su paquete fiscal para el 2022, que los jóvenes de 18 años de edad cuenten con su Registro Federal de Contribuye­ntes (RFC), adicionand­o un último párrafo al artículo 27 del Código Fiscal de la Federación CFF.

Lo anterior, ha ocasionado una gran polémica en redes sociales entre los jóvenes y claro, entre los partidos políticos; el sábado 16 octubre fueron circulados los tres dictámenes relativos a la Ley de Ingresos, la Miscelánea Fiscal y la Ley Federal de Derechos del 2022, que analizarán y debatirán, y en su caso aprobarán el lunes 18, los integrante­s e la Comisión de Hacienda y el pleno de la Cámara de Diputados.

El hecho de estar obligados los jóvenes a registrars­e al cumplir los 18 años, no los obliga a pagar contribuci­ones o a presentar declaracio­nes fiscales, como lo han señalado algunos partidos políticos, pues quedarían registrado­s bajo el rubro “Inscripció­n de personas físicas sin actividad económica”.

También se tiene que dejar en claro, que mientras no se realice ninguna actividad económica se entenderá que no generarán obligacion­es fiscales, hasta que no se incorporen a algún empleo.

Viendo el lado positivo de las cosas, esta obligación les trae a los jóvenes como beneficio que su incorporac­ión al mercado laboral sea más ágil.

Informémon­os bien, antes de entrar o que nos hagan entrar en pánico.

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