¿Qué es la violencia política de género?
Durante los últimos años se ha vuelto más común escuchar el término de violencia política contra las mujeres en razón de género; empero, aún se tienen algunas confusiones a respecto, así como desconocimientos respecto a las penas que se tienen para los que ejercen este tipo de delito que en el país se tipificó apenas en el 2020 las cuales pueden llegar hasta los seis años de prisión.
De acuerdo al Artículo 20 Bis de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, comete el delito de violencia contra las mujeres en razón de género quien ejerza cualquier tipo de violencia contra la mujer, que afecte el ejercicio de sus derechos políticos y electorales o el desempeño de un cargo público. Asimismo, quien restrinja o anule el derecho al voto libre y secreto
EL DELITO apenas se tipificó en 2020, y tiene como máxima penalidad seis años de prisión
de una mujer; quien amenace o intimide a una mujer, directa o indirectamente con el objeto de obligarla a presentar su renuncia a una precandidatura y candidatura de elección popular, o al cargo que haya sido electa o designada.
Igualmente, cometen este delito las personas que impidan por cualquier medio que las mujeres electas rindan protesta, ejerzan libremente su cargo y funciones inherentes al mismo. De la misma forma, quienes ejerzan cualquier tipo de violencia para obligar a las mujeres a suscribir decisiones contrarias a su voluntad en el ejercicio de sus derechos políticos y electorales.
Limitar o negar a una mujer el otorgamiento, ejercicio de recursos o prerrogativas en términos de ley para el desempeño de sus funciones con la finalidad de limitar el ejercicio de sus derechos políticos y electorales; publicar imágenes, mensajes o información privada de una mujer que no tenga relación con su vida pública utilizado estereotipos de género que limiten el ejercicio de sus derechos electoral; así como limitar que una mujer reciba la remuneración por el desempeño de sus funciones llevará a aplicar una pena de dos a cuatro años de prisión y de 100 a 200 días de multa.
Lo es también el proporcionar información incompleta o datos falsos a las autoridades administrativas o jurisdiccionales en materia electoral a fin de impedir el ejercicio de sus derechos.
El impedir a una mujer su derecho a voz y voto en el ejercicio de sus funciones; el discriminar a una mujer embarazada para evitar acceder a cargos públicos o la reincorporación tras la licencia de maternidad calfica como delito.