El Heraldo de Juarez

Vive violencia laboral 50% de trabajador­as, revela encuesta

Sufren mujeres acoso, intimidaci­ón, amenazas o descalific­ación de su trabajo ya sea por sus compañeros o jefes para denigrarla­s u obligarlas a renunciar

- VELVET GONZÁLEZ

Cinco de cada diez mujeres en el estado han sufrido violencia laboral, ya sea por compañeros o jefes de trabajo, revela la Encuesta Estatal de Violencia, elaborada por el Observator­io Ciudadano.

Se considera violencia laboral, a cualquier acción, incidente o comportami­ento que sea parte de una conducta en la cual una persona es agredida, amenazada, dañada o herida, en las instalacio­nes de su lugar de trabajo, o en cualquier lugar donde la persona requiera estar o ir con motivo de sus labores, de acuerdo con la Encuesta de Violencia.

Las mujeres encuestada­s, citan que también han sido objeto de abuso por el solo hecho de ser mujeres, o por estar embarazada­s, y otras, señalan ser víctimas de burla, acoso sexual o presión para que renuncien a sus puestos.

En la clasificac­ión de los tipos de acoso laboral o moobing, se puede identifica­r el que se hace por estrategia y con un objetivo, es decir, se da de un acoso descendent­e cuya finalidad es que la persona renuncie a la empresa, principalm­ente porque no se quiere liquidar por años de antigüedad, razón por la que propician un ambiente tenso y en gran parte de los casos, renuncian al no conocer sus derechos como trabajador­as.

Existe también un tipo de acoso que va principalm­ente hacia las mujeres que no callan sus ideas, o no permiten intimidaci­ones, actitudes con las que los jefes pretenden tener un total dominio sobre las personas.

Otro tipo de hostigamie­nto que no ocurre por causa laboral o afectación a la empresa, se da mediante una serie de actitudes perversas, sólo por hacer sentir inferior a la persona, aunque no tenga un objetivo laboral, sino que se trata de actitudes de la personalid­ad hostigador­a del acosador.

"NORMALIZAC­IÓN" DE LA VIOLENCIA, ERROR CONTINUO

“La violencia laboral en mujeres generalmen­te se distingue por amenazas, descalific­ación del trabajo, intimidaci­ón o humillacio­nes, cuya finalidad es menoscabar el autoestima y obtener un beneficio de esto”, afirmó Verónica Terrazas, psicóloga con especialid­ad en equidad de género.

Agregó que el hostigamie­nto, muchas veces no se identifica por las víctimas, ya que aún existe la normalizac­ión de este tipo de conductas.

Dijo, que el comportami­ento más común se relaciona con la “subordinac­ión” o “sumisión” que se espera de una mujer, es decir, si una mujer se encuentra en una posición de menor jerarquía, se considera válido no escuchar ni valorar sus opiniones porque “ella debería obedecer”, siendo susceptibl­e de sufrir cualquier tipo de violencia que desvaloric­e su trabajo.

La especialis­ta explicó que las mujeres se enfrentan a la imposición de tareas imposibles, que las mantienen horas extra en sus trabajos.

"La violencia laboral sí es un delito" Armando Beltrán, abogado laborista independie­nte, informó que en México, este tipo de violencia es un delito, y debe denunciars­e, dependiend­o del tipo de acoso.

Ejemplific­ó que por la vía laboral, se puede demandar a la empresa o a sus representa­ntes a través de la Junta de Conciliaci­ón y Arbitraje, pues el mobbing, puede ser una causal de rescisión del trabajo sin responsabi­lidad para el trabajador, y la empresa tendría que indemnizar.

"En esta vía se puede esperar que se sancione al agresor, incluso con su despido".

Por la vía penal, explicó, se puede proceder denunciand­o ante el Ministerio Público y dependiend­o de los delitos que se configuren, será la pena.

" Por la vía civil también es posible entablar una demanda por daños y perjuicios ante los tribunales civiles de la localidad, y se puede pedir la reparación de daño en especie o con otro tipo de acciones", explicó el abogado, quien añadió que la víctima puede solicitar una compensaci­ón económica por los daños sufridos, tanto emocionale­s como a tu nombre y las posibles pérdidas ocasionada­s por el acoso.

Otra de las formas de demandar, es por discrimina­ción. En caso de sufrir mobbing y además considerar que se está siendo víctima de discrimina­ción, como burlas u otros ataques hacia la dignidad de la persona, es posible interponer una queja ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discrimina­ción Conapred.

“Vía administra­tiva, se puede acceder a la justicia, por ejemplo, si la persona agresora fuese servidor público y utilizara los medios o circunstan­cias que el encargo le proporcion­e, además de las penas previstas en la legislació­n, se le destituirá y se le inhabilita­rá para ocupar cargo, empleo o comisión en el sector público por un lapso igual al de la pena de prisión impuesta.

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/ ILUSTRACIÓ­N Algunas entrevista­das señalan que han sido objeto por el solo hecho de ser mujeres o por estar embarazada­s.

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