Ichitaip resuelve revisión a favor de síndica Ortega
El Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ichitaip) resolvió a favor de la síndica Leticia Ortega Máynez un recurso de revisión interpuesto tras la respuesta negativa a una petición de información solicitada a la Contraloría Municipal, por lo que esta instancia, como sujeto obligado, debió entregar 139 expedientes concluidos y resoluciones emitidas.
La Sindicatura Municipal expuso que el pasado 10 de septiembre de 2020, Ortega Máynez realizó una solicitud de acceso a la información a través del portal de transparencia, en la que se requirió lo siguiente: “solicito en versión digital (pdf) los 931 expedientes concluidos y resoluciones emitidas que se mencionan en el apartado 2, Gabinete Administrativo correspondiente a la Contraloría Municipal del segundo informe de actividades 20182021 del presidente municipal”.
El 17 de septiembre de 2020 se emitió respuesta por parte de la Unidad de Transparencia, señalando lo siguiente: “Respuesta 102382020: Toda vez que la solicitante de información es la C. Leticia Ortega Máynez Síndica Municipal… es de advertir que dada su envestidura (sic) cualquier solicitud que realice debe hacerla mediante oficio, lo anterior atentos al principio general del derecho que establece que las autoridades únicamente pueden hacer lo que la ley expresamente les faculta”.
Tras la negativa recibida, el 1 de octubre de 2020 se interpuso el recurso de revisión con el número ICHITAIP/RR-4432020 ante el Ichitaip para impugnar la respuesta, argumentando lo siguiente:
1. Que la solicitud se hizo en ejercicio al derecho al acceso a la información pública referido en el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Mexicanos y el 4 de la Constitución local.
2. Que la información que se solicitó es pública, por lo que cualquier ciudadano puede tener acceso a ella.
3. Por lo anterior, la respuesta del sujeto obligado carece de fundamento y motivación.
El pasado 21 de enero de 2021, el Ichitaip emitió resolución a favor de la solicitante, revocando la respuesta de la Unidad de Transparencia del Municipio de Juárez resaltando que asiste la razón a la Síndica, ya que no existe prohibición para ninguna persona para acceder a la información pública, y que por lo tanto, el sujeto obligado debe atender la solicitud de información.
El 8 de febrero de 2021, el sujeto obligado cumplió con la resolución por medio del oficio CM/228/2021, en el que mencionó que por un error, dentro del segundo informe del presidente se plasmó que la Contraloría había resuelto 931 expedientes, siendo que el número correcto fue de 139.
En el mes de febrero se recibieron los 139 expedientes concluidos con las resoluciones emitidas, y al darse la Sindicatura por satisfecha, así lo informó al Ichitaip.
La Contraloría Municipal es sujeto obligado a entregar 139 expedientes concluidos y resoluciones emitidas