TRENES DE PASAJEROS, POR DECRETO
Como todo satisfactor económico, la demanda es la que resolverá si el proyecto es o no buena idea
En noviembre 20 de 2023, el Presidente emitió el “Decreto por el que se declara aérea prioritaria para el desarrollo nacional, la prestación del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros en el Sistema Ferroviario Mexicano”.
El objetivo es crear nuevas rutas para trenes de pasajeros aprovechando el tendido de vías férreas ya establecidas para carga. En la referida determinación se señalan siete nuevas rutas con las que se pretende iniciar una nueva era en ese tipo de porteo. Como todo satisfactor económico, será la demanda la que finalmente resolverá si el proyecto es o no una buena idea o simplemente se estará creando otro elefante blanco.
Empero, hay algo que puede y debe resolverse de inicio: su legalidad. Jurídicamente hablando, la regulación constitucional de toda actividad productiva es algo complejo y todo indica que los asesores jurídicos del Presidente volvieron a fallar.
Para el orden legal, la economía nacional es el sistema que provee bienes y servicios que requiere una población para la satisfacción de necesidades y deseos. Dada su extrema importancia, ese sistema se encuentra regulado por el estatuto que sirve de base a todo el orden jurídico: la Constitución, la cual enarbola un sistema económico mixto de libertad económica individual y de participación estatal en la actividad productiva nacional.
Específicamente, en la segunda parte del párrafo IV del articulo 28 se hace referencia a los mercados prioritarios: comunicación satelital y ferrocarriles. En ellos, se admite la coadyuvancia de los particulares, porque se reconoce la falta de recursos financieros o conocimientos técnicos requeridos para la debida explotación de bienes y servicios, y habilita potestativamente a los particulares para que auxilien en esas tareas gubernamentales.
Por lo anterior, en estricta lógica jurídica, la declaratoria de mercado prioritario es de reserva constitucional. Es decir, es el poder constituyente y no el Presidente, quien determina qué bien o servicio tiene prioridad jurídica.
Por ende, deviene anticonstitucional que el Ejecutivo pretenda decretar un mercado nacional de servicios como prioritario. Además, en el caso ferroviario, no tiene que hacerlo. El constituyente ya lo hizo por él.
Por otro lado, al ser el transporte ferroviario un mercado monopólico público, el Estado sí puede establecer un régimen regulatorio sobre el mismo. Sin embargo, le corresponde al Congreso crear normas legales para instituir una regulación de esas actividades, ya sea de carga o de pasajeros. Así como crear y facultar al ente regulador.
Por lo anterior, el Presidente tampoco tiene atribuciones para determinar con decreto cuál de las dos modalidades de ferrocarril (pasajeros o carga) tiene prioridad para uso de vías férreas.
Por último, debería quedar claro que las inversiones requieren certidumbre jurídica. Nadie arriesga su dinero sin entender las reglas de participación. Solamente así se puede juzgar la conveniencia o no de invertir dinero en algo. Consecuentemente, si el gobierno va a invitar a inversionistas privados a participar en la prestación de un servicio concesionado es indispensable que lo haga sobre bases legales sólidas.
“El Presidente tampoco tiene atribuciones para determinar con decreto cuál de las dos modalidades de ferrocarril tiene prioridad”.
O Las mexicanas Alehjandra Orozco y Gabriela Agundez obtuvieron su boleto para los Juegos Olímpicos de París 2024, tras ganar el cuarto sitio en el Mundial de Deportes Acuáticos 2024, que estas fechas se realiza en Doha, Qatar.
O En el estado de Florida, Estados Unidos, Kendra Boone, una mujer de 33 años de edad, robó una patrulla de policía, lo que provocó una persecución que finalizó en una colisión en la que dos personas murieron arrolladas.
O Bellakath, la famosa cantante de reguetón que canta Gatita, fue denunciada por presuntamente amenazar a su extensionista, quien asegura que no le pagaba y la explotaba laboralmente durante largas jornadas de peinados.