ALCALDESA SE BRINCA LA LEY
AVANZAN EN LA CONSTRUCCIÓN DE VIALIDADES MIRTHA VILLALVAZO IGNORÓ LA LEY MUNICIPAL DEL ESTADO DE NAYARIT AL SOLICITAR DESCUENTOS PARA HOTELEROS
LREDACCIÓN a gobernadora Marina del Pilar Avila Olmeda sostuvo una reunión de trabajo con autoridades federales, con el fin de avanzar en la ejecución del Viaducto Elevado de Tijuana, la Garita Otay 2 y la Planta de Tratamiento de San Antonio de los Buenos.
La mandataria informó que el gobierno estatal ha colaborado en la liberación del derecho de vía del Viaducto Elevado y la garita, permitiendo que las obras avancen, de acuerdo con el compromiso del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, con la sociedad de Baja California.
Destacó la disposición de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) para atender asuntos de infraestructura, para impulsar el desarrollo actual y futuro del estado.
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El gobierno de Marina del Pilar colaborará con la Conagua.
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También teje alianzas con la CFE y la Secretaría de Infraestructura.
OViolando la Ley Municipal para el Estado de Nayarit (LMEN), la presidenta de Bahía de Banderas, Mirtha Iliana Villalvazo, solicitó “descuentos vía subsidios” en el pago del impuesto predial para tres organizaciones de hoteleros locales.
En una iniciativa, enviada al Ayuntamiento local el pasado 26 de febrero, la alcaldesa solicita “que el XI Ayuntamiento Constitucional de Bahía de Banderas Nayarit, autorice descuentos vía subsidios a los miembros de la Asociación
REDACCIÓN
Villalvazo está relacionada con otorgar licencias de construcción en predios irregulares.
Ode Empresarios de Puerto Vallarta y Bahía de Banderas A.C., y de la Asociación de Hoteles y Moteles de Bahía de Banderas, A.C., para el pago del impuesto predial respecto al ejercicio fiscal 2024”.
Villalvazo, abogada de profesión, ignoró que en el artículo 163 de la LMEN se establece que “las leyes no establecerán exenciones o subsidios a favor de persona o institución alguna respecto de dichas contribuciones. Sólo estarán exentos los bienes de dominio público de la federación, de los estados o los municipios, salvo que tales bienes sean utilizados por entidades pa
En su párrafo séptimo, señala que los beneficiarios de subsidios deberán:
Rendir cuenta de la aplicación de los fondos relativos al Ayuntamiento.
Proporcionar información y justificación la forma y plazos de ley.
OOOraestatales o por particulares, bajo cualquier título, para fines administrativos o propósitos distintos a los de su objeto público”.
El artículo 200, tercer párrafo fracción VII de dicha norma, detalla que “en materia de subsidios, se deberá identificar la población objetivo, el propósito o destino final, la temporalidad de su otorgamiento, los mecanismos de distribución, operación y administración de los subsidios, y se deberá garantizar que los recursos se entreguen a la población objetivo”.
Por lo anterior, el Ayuntamiento no tiene facultades para autorizar descuentos vía subsidios.
Esta acción se suma a las anomalías detectadas en el otorgamiento de licencias para construir condominios que no cuentan con los permisos necesarios, como son los conjuntos habitacionales Tizate y Flamingos Nayarita. La Fiscalía del estado ya realiza las investigaciones.