Francia: la constitución y libertad de las mujeres para decidir
Una constitución es el espacio donde se consagran los consensos fundamentales de una sociedad nacional. La forma de organización política; pero, sobre todo, los valores y principios que sirven como base para su convivencia social, que sustentan el régimen de derechos y libertades de sus habitantes. El reconocimiento constitucional de los derechos no sólo les otorga un estatus legal superior, que aporta las garantías para su protección; también establece obligaciones para las autoridades, al tiempo que limita su ámbito de acción, protegiendo a las personas frente a posibles arbitrariedades.
En las leyes fundamentales, además, se plasman las aspiraciones legítimas de una sociedad. Es el caso de los derechos de las mujeres y la traducción del principio de igualdad sustantiva en los distintos ámbitos de nuestras vidas. La semana pasada, Francia se convirtió en el primer país del mundo en incluir explícitamente la interrupción voluntaria del embarazo en su constitución; el párrafo adicionado al artículo 34 establece que “la ley determina las condiciones en las que se ejerce la libertad garantizada para la mujer de recurrir a la interrupción voluntaria del embarazo”. La votación de esta reforma superó con creces la mayoría calificada (de tres quintas partes) requerida. Ahora bien, en Francia la interrupción voluntaria del embarazo ya era legal desde 1975. ¿Por qué entonces añadirla a la norma suprema? Se trata de consagrar éste como un derecho fundamental, una libertad esencial; entre otras razones, ante el ascenso de grupos con ideologías extremas –y el fortalecimiento de su incidencia política– que se oponen a muchas de las conquistas que han alcanzado las mayorías plurales y minorías diversas.
Esta reforma es un recordatorio para las mujeres del mundo: no podemos cantar victoria, ni dar por sentado lo mucho que hemos logrado en la lucha por la igualdad, el empoderamiento y el reconocimiento pleno de nuestros derechos. En México, la interrupción del embarazo aún divide a la sociedad. Una definición pendiente, cada vez más impostergable. No todo debe ser consagrado en una constitución; pero sí es materia constitucional y debe reconocerse como tal aquello que representa las bases más firmes y los anhelos más entrañables de una sociedad. Francia, como en 1789, está marcando la agenda y poniendo el ejemplo: la opción de poder decidir sobre la interrupción del embarazo no es un asunto de discusiones morales, de convicciones religiosas ni de rentabilidad electoral: es un asunto de justicia y de derechos en un país libre.