Quo vadis: una visión distinta de dos Cortes Supremas
El escritor polaco Henryk Sienkiewicz narró sensiblemente el pasaje más célebre que le da nombre a su novela Quo vadis: en una Roma plagada de extranjeros, las autoridades imperiales se dedican a la persecución de los cristianos, considerados como una plaga que corrompe los cimientos de la civilización latina. El bíblico San Pedro huye por la Vía Appia Antica, y de improviso y en forma milagrosa, se le aparece el Nazareno, el cual camina en dirección contraria de quienes escapan, va directo a la Ciudad Eterna.
Aturdido el pescador le pregunta al Galileo: Quo vadis Domine. La respuesta es tajante: a Roma a proteger y consolar a los cristianos quienes son objeto de la persecución iracunda del emperador.
El escenario actual no ha cambiado. Diásporas, éxodos y exilios surcan América Latina rumbo a EU, para muchos el nuevo imperio. En días pasados, la Corte Suprema de los EU decidió no suspender la aplicación de la llamada Ley SB4 del estado de Texas, la cual bajo cualquier estándar de derechos humanos vulnera y violenta las libertades más esenciales de los migrantes. Al ser una ley de carácter migratorio causa extrañeza que, siendo una materia federal, recaiga en el gobierno texano la competencia. El problema más grave es la criminalización de la migración, el darle prima facie al migrante, con calidad de delincuente, sin previo juicio, sin presunción de inocencia, sin ninguna de las garantías del debido proceso. Asimismo, la ley texana faculta a la policía para detener y privar de la libertad. Y como si fuera una escena del régimen nacionalsocialista de 1933, el perfil racial puede considerar a cualquier persona dentro de Texas como sospechoso de ser migrante. Y las condenas pueden llegar hasta los 20 años de prisión.
México también ha mantenido una política migratoria desacertada. Sin embargo, a diferencia de EU, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sido prolija en defender y restaurar los derechos más elementales de las personas migrantes. La Corte mexicana ha determinado como discriminatorio el perfil racial; ha definido como inconstitucional la privación indefinida de la libertad en las estaciones migratorias; reconocido la obligación de proporcionarles un defensor; las autoridades deben respetar la dignidad, y proporcionarles refugio y alimento; y se les reconoce el derecho a denunciar abusos; por lo que la justicia federal debe protegerlos. Así las cosas en torno a una problemática y la visión contrastante de dos Cortes Supremas cada vez que se le pregunta a un migrante al cruzar la frontera: ¿quo vadis?