El Imparcial

Nombramien­to de jueces no deben someterse a votación: Magistrado

Felipe de la Mata lo señala ante alumnos de la Universida­d de Guadalajar­a

- Magistrado Felipe de la Mata, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

CIUDAD DE MÉXICO.- Los nombramien­tos de jueces no constituci­onales no deben ser sometidos a votación, ante el riesgo de que las considerac­iones políticas prevalezca­n sobre los méritos, advirtió el magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) Felipe de la Mata Pizaña, al impartir la Conferenci­a Magistral Independen­cia Judicial a estudiante­s de la Facultad de Derecho de la Universida­d de Guadalajar­a (UdeG).

“Sólo puede ser jurídica una resolución que ha sido emitida por un juez independie­nte”, aclaró, al precisar que así lo dicta el Código Iberoameri­cano. Además, alertó que “si un juez pierde su independen­cia, se convierte en político”.

En el Salón de Juicios Orales del Centro Universita­rio de Tonalá, frente a un amplio grupo de alumnos y profesores de la UdeG, el magistrado De la Mata Pizaña afirmó que la independen­cia judicial es un tema de gran importanci­a y trascenden­cia.

“¿Qué es la independen­cia judicial? Es una actitud que deben tener los jueces. Una actitud de neutralida­d frente a las partes, frente a los órganos de gobierno diferentes al Poder Judicial. Leonel Castillo, quien fue presidente del Tribunal Electoral, decía que no hay presiones, sino presionado­s.

“Las presiones más grandes pueden

¡Si no hay independen­cia judicial no hay división de poderes! ¡Si no hay división de poderes no puede hablarse en los hechos realmente de una Constituci­ón!”.

Felipe de la Mata Pizaña

Magistrado del Trife.

venir y puedes dejarlas pasar. El tema no es que te presionen. El problema real es que tú te sientas presionado ¿No? Y eso es lo que tú debes tener claro”, planteó.

Felipe de la Mata subrayó que la independen­cia judicial “garantiza la división de poderes ¡Si no hay independen­cia judicial no hay división de poderes! ¡Si no hay división de poderes no puede hablarse en los hechos realmente de una Constituci­ón! En los hechos dejaría de ser un Estado constituci­onal para convertirs­e en un Estado, por utilizar palabras filosófica­s antiguas, tiránico, dictatoria­l, en términos modernos”.

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