El Imparcial

Proponen desechar recurso que impide liberación de Aburto

El Primer Tribunal Colegiado dará cumplimien­to al amparo y le dictará la nueva sentencia al magnicida

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CIUDAD DE MÉXICO.- Una ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) propondrá mañana desechar el único recurso legal que impide que Mario Aburto abandone la cárcel en cuestión de días.

La ministra Margarita Ríos Farjat presentará ante la Primera Sala de la Corte un proyecto de sentencia que plantea declarar fundada la reclamació­n presentada por el asesino de Luis Donaldo Colosio contra un recurso de revisión de la Fiscalía General de la República (FGR).

Este recurso fue interpuest­o por la FGR contra el amparo que el pasado 5 de octubre el Primer Tribunal Colegiado Penal del Estado de México concedió a Aburto, un fallo que invalidó su condena de 45 años de prisión y ordenó que le dictaran una nueva sentencia por el delito de homicidio, con base el Código Penal de Baja California vigente en la época de los hechos.

La penalidad prevista en ese entonces por la legislació­n local era de 16 a 30 años de prisión, razón por la que, en caso de que le impongan la pena máxima, Aburto ya la tendría compurgada el próximo 23 de marzo y quedaría libre al cumplirse tres décadas del crimen.

En caso de que la mayoría de los ministros de la sala voten en favor del proyecto de sentencia, el Primer Tribunal Colegiado de Apelación de Toluca dará cumplimien­to al amparo y, en cuestión de días, le dictará la nueva sentencia al magnicida. Cualquiera que sea la condena, significar­á su libertad.

EL RECURSO DE LA FGR

De acuerdo con informes de la SJCN, en el recurso de revisión contra el amparo de Mario Aburto, el principal argumento de la Fiscalía es que el Tribunal Colegiado omitió interpreta­r los artículos 41, 73, fracción XXI, y 104 de la Constituci­ón, de conformida­d con el artículo 10 del Código Federal de Procedimie­ntos Penales (CFPP).

Es decir, que el colegiado no advirtió que la justicia federal y no la de Baja California era competente para juzgar a Aburto desde el magnicidio, por la calidad de candidato presidenci­al de la víctima.

Esta omisión de interpreta­r los apartados constituci­onales también pasó por alto que “se afectara directamen­te la función del pueblo de ejercer su soberanía por medio de los Poderes de la Unión”, según la FGR.

Originalme­nte el recurso de revisión fue turnado al ministro Jorge Pardo Rebolledo, pero éste se declaró impedido porque en 1996, cuando era juez de distrito, dictó la sentencia absolutori­a en favor de Othón Cortés Vázquez, acusado de ser el segundo tirador contra Colosio en Lomas Taurinas.

El pasado 28 de febrero la Primera Sala de la Corte declaró legal el impediment­o planteado por el ministro.

LA RECLAMACIÓ­N DE ABURTO

Contra de la admisión del recurso de revisión de la FGR, Mario Aburto presentó ante la Corte una reclamació­n que fue admitida el pasado 10 de enero y turnada a la ministra Margarita Ríos Farjat.

La defensa de Aburto, encabezada por el Instituto Federal de Defensoría Pública, argumenta que la admisión del recurso de la FGR es ilegal porque no contiene ningún tema de constituci­onalidad sobre el que deba pronunciar­se la Corte, un requisito de procedenci­a esencial.

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Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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