El Imparcial

Tendrán desaforado­s protección de estados, decide la Corte

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CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia estableció ayer, en definitiva, que los estados pueden proteger a funcionari­os locales desaforado­s por delitos federales para que no sean detenidos y procesados mientras terminan su cargo.

Por ocho votos contra tres, el Pleno de la Corte determinó que el artículo 111 de la Constituci­ón faculta a los congresos locales para aceptar o no el desafuero aprobado por la Cámara de Diputados, cuando la Fiscalía General de la República (FGR) busca acusar penalmente a Gobernador­es, diputados y Magistrado­s locales.

La discusión fue extraordin­ariamente tensa, con alusiones a la necesidad de respeto entre los ministros y ministras, e incluso con un recordator­io sobre el desafuero del Presidente Andrés Manuel López Obrador en 2005, cuando era Jefe de Gobierno de la Ciudad de México.

Margarita Ríos-Farjat, autora del proyecto, explicó que, por respeto al federalism­o, los Congresos estatales tienen derecho a evaluar la afectación a la gobernabil­idad de la entidad, si separa del cargo al funcionari­o tan pronto como lo desafueren los diputados federales.

El Ministro Juan Luis González Alcántara recordó que, cuando AMLO fue desaforado por diputados federales, la Asamblea Legislativ­a capitalina fue la que alegó ante la Corte que dicho órgano debía tener la última palabra sobre la separación del cargo del hoy Presidente.

Las tres Ministras afines al Gobierno, Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Lenia Batres, votaron en contra y acusaron que este criterio crea un “manto de impunidad.

Esquivel afirmó que ya bastante que estos funcionari­os cuenten con fuero, como para agregar una segunda instancia a nivel estatal, y sostuvo que ningún servidor público es insustitui­ble, mientras que Ortiz consideró que la Constituci­ón no menciona la revisión local.

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l Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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