Tendrán desaforados protección de estados, decide la Corte
CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia estableció ayer, en definitiva, que los estados pueden proteger a funcionarios locales desaforados por delitos federales para que no sean detenidos y procesados mientras terminan su cargo.
Por ocho votos contra tres, el Pleno de la Corte determinó que el artículo 111 de la Constitución faculta a los congresos locales para aceptar o no el desafuero aprobado por la Cámara de Diputados, cuando la Fiscalía General de la República (FGR) busca acusar penalmente a Gobernadores, diputados y Magistrados locales.
La discusión fue extraordinariamente tensa, con alusiones a la necesidad de respeto entre los ministros y ministras, e incluso con un recordatorio sobre el desafuero del Presidente Andrés Manuel López Obrador en 2005, cuando era Jefe de Gobierno de la Ciudad de México.
Margarita Ríos-Farjat, autora del proyecto, explicó que, por respeto al federalismo, los Congresos estatales tienen derecho a evaluar la afectación a la gobernabilidad de la entidad, si separa del cargo al funcionario tan pronto como lo desafueren los diputados federales.
El Ministro Juan Luis González Alcántara recordó que, cuando AMLO fue desaforado por diputados federales, la Asamblea Legislativa capitalina fue la que alegó ante la Corte que dicho órgano debía tener la última palabra sobre la separación del cargo del hoy Presidente.
Las tres Ministras afines al Gobierno, Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Lenia Batres, votaron en contra y acusaron que este criterio crea un “manto de impunidad.
Esquivel afirmó que ya bastante que estos funcionarios cuenten con fuero, como para agregar una segunda instancia a nivel estatal, y sostuvo que ningún servidor público es insustituible, mientras que Ortiz consideró que la Constitución no menciona la revisión local.