Tras revés de SCJN, insistirán en Ley de Libre Convivencia
Enrique Velázquez, promotor de la legislación, afirma que volverá a impulsarla en la nueva Legislatura Lamenta decisión de los ministros; atentan contra una figura que da derechos a familias no tradicionales
Tras la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de invalidar la Ley de Libre Convivencia del Estado, el diputado electo (y promotor de la legislación), Enrique Velázquez González, señaló que volverá a impulsarla en la próxima Legislatura, en su regreso al Congreso.
El político lamentó la decisión de los ministros y argumentó que, por una cuestión de formas en los procesos legislativos, se atenta contra una figura jurídica que reconoce y da derechos a modelos de familia no tradicionales.
El diputado destacó que el concepto de unión por libre convivencia no protege sólo a parejas que tengan una relación sentimental, sino que puede amparar a dos personas con parentesco, o no, que quieran formar una sociedad en común para obtener un beneficio.
“No comparto la decisión de la Corte. La Ley de Libre Convivencia ha demostrado ser justa e identifica a otros modelos de familia que se invalidan por un supuesto error en el procedimiento. Yo creo que la Corte debería revisar la constitucionalidad y el tema de los derechos que protege una ley como esta”, comentó.
Refirió que, en una revisión que hizo hace meses, serían más de cinco mil los contratos de libre convivencia que se concretaron en los cuatro años que la ley estuvo vigente. Destacó que están protegidos los derechos ganados por quienes se ampararon a esa figura legal, pero con la decisión de los ministros no se podrán firmar nuevos contratos.
También argumentó que la figura sigue vigente, aunque la SCJN validó los matrimonios homoparentales en enero de 2016, cuando declaró inconstitucionales artículos del Código Civil de Jalisco que definía al matrimonio como la unión de un hombre y una mujer.
Y sobre el argumento de que se violaron gravemente los procesos legislativos para aprobar esa ley, recordó que su iniciativa se discutió durante al menos 10 meses, y que acortar los tiempos para su discusión en el pleno del Congreso es una facultad de los diputados contemplada en la Ley Orgánica.
La legislación derogada por orden de la SCJN definía la libre convivencia como un contrato civil que se constituye cuando dos o más personas físicas, mayores de edad, con capacidad de goce y ejercicio, se asocian con el objeto de otorgarse ayuda mutua. La libre convivencia se registraba ante notario público con un contrato. La ley se aprobó en octubre de 2013 y entró en vigor en enero de 2014.