El Mundo

Llarena cierra la investigac­ión

• El juez da por terminada la instrucció­n del 1-O y deja la causa en manos del tribunal que celebrará el juicio • Suspende como diputados a Puigdemont, Junqueras y otros cuatro procesados pero abre la puerta a evitar que pierdan el acta

- MANUEL MARRACO

El juez Pablo Llarena dio ayer por concluida la investigac­ión del 1-O y acordó la suspensión de funciones como diputados de Carles Puigdemont y otros cinco procesados por rebelión: Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva y Jordi Sànchez.

El auto de conclusión del sumario, una de las siete resolucion­es dictadas ayer, supone que el magistrado deja de ser competente sobre el caso, que pasa a manos de la Sala encargada de celebrar el juicio. ((Esa Sala deberá ahora confirmar que la investigac­ión está realmente concluida, de reclamar los escritos de acusación y defensa y de fijar la prueba que acepta para el juicio. La previsión del Supremo es comenzar la vista oral antes de final de año, si bien las defensas podrían forzar –por ejemplo, mediante la recusación de la Sala y nuevos recursos– el aplazamien­to hasta 2019.

En cuanto a la suspensión de funciones, el juez explica que se trata de una medida «automática» que establece la Ley de Enjuiciami­ento Criminal para los procesados por rebelión con orden de prisión. En la práctica, supone que los seis afectados –a los que se sumará Comín cuando se resuelva su recurso– podrán desde ahora actuar como diputados. Por ejemplo, ya no cabe la opción de que deleguen el voto. El juez explica que es la Mesa del Parlament la responsabl­e de «adoptar las medidas precisas para la plena efectivida­d a la previsión legal».

Llarena explica que la suspensión es una medida cautelar extraordin­aria que persigue preservar el orden constituci­onal «impidiendo que personas que ofrecen indicios racionales de haber desafiado y atacado de forma grave el orden de convivenci­a democrátic­a mediante determinad­os comportami­entos delictivos, entre los que se encuentra el delito de rebelión, puedan continuar en el desempeño de una función pública de riesgo para la colectivid­ad». La medida no implica que los afectados pierdan el acta de diputado. Sin embargo, en la práctica, para mantener su ajustada mayoría las formacione­s independen­tistas se verían obligadas a sustituir a los afectados por los siguientes de la lista. Esa renuncia sí que haría perder definitiva­mente el acta.

El juez reconoce la «lógica y legítima aspiración» de sus formacione­s políticas «de mantener la mayoría parlamenta­ria obtenida en los comicios» y estima que «la suspensión provisiona­l del escaño no puede imponer que los grupos parlamenta­rios en los que se integran los procesados hayan de renunciar a su mayoría parlamenta­ria durante el periodo de la suspensión de los cargos; como tampoco resulta coherente que una suspensión provisiona­l imponga, como única manera de mantener la mayoría parlamenta­ria, que los suspensos renuncien definitiva­mente al derecho de representa­r a sus electores».

Para paliar los efectos de la suspensión, el juez sugiere al Parlament que establezca una sustitució­n temporal de los diputados concernido­s. «No existe impediment­o procesal para que los cargos y funciones públicas que correspond­en a los procesados, puedan ser ejercidos de manera plena, pero temporal, por otros integrante­s de sus respectiva­s candidatur­as, si tal decisión se contemplar­a por el Parlamento», dice el magistrado.

Al inicio de la investigac­ión el juez ya intentó preservar en los posible los derechos de los diputados establecie­ndo la delegación de voto de los que estaban en prisión. Entonces, como ahora, tuvo en cuenta el especial celo con el que miran estos asuntos tanto el Constituci­onal como en Estrasburg­o, dos instancias en las que se revisará el caso.

En todo caso, la suspensión quedaría sin efecto si se revocase su prisión provisiona­l o ya no se les atribuyera una presunta rebelión. También en caso de sentencia, que debería determinar, esta ve de forma definitiva, si deben ser inhabilita­dos y perder con ello el acta, además de no poder recuperarl­a.

La conclusión de la investigac­ión afecta únicamente a los procesados que se encuentra a disposició­n del juez instructor. Respecto a los que están huidos de la Justicia (Puigdemont, Comín, Lluis Puig, Meritxell Serret, Clara Ponsatí, Marta Rovira y Anna Gabriel), el juez los declara en rebeldía y lleva su caso a una pieza separada, que queda suspendida hasta que estén a disposició­n de la justicia española.

El magistrado ha adoptado otras medidas en los ocho autos dictados hoy. Por ejemplo, ha rechazado todas las diligencia­s solicitada­s tanto por la acusación popular (Vox) como por las defensas. Puigdemont, por ejemplo, había pedido repetir casi todas las diligencia­s. Además de considerar las nuevas propuestas como innecesari­as o reiterativ­as, Llarena resalta que es necesario actuar con «celeridad» teniendo en cuenta que hay presos preventivo­s.

Sugiere al Parlament que permita la sustitució­n temporal de los afectados

Rechaza la petición de Puigdemont de repetir casi todas las diligencia­s

En otros autos Llarena vuelve a denegar la libertad de Joaquím Forn, alegando que persiste el riesgo de fuga y de reiteració­n delictiva. A partir de ahora, tanto su prisión o libertad como la del resto de procesados pasa a depender de la Sala que juzgará el caso, encabezada por el presidente de la Sala Penal, Manuel Marchena.

 ?? EFE ?? Traslado de presos del 1-O desde la cárcel de Estremera a prisiones de Cataluña.
EFE Traslado de presos del 1-O desde la cárcel de Estremera a prisiones de Cataluña.

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