Llarena cierra la investigación
• El juez da por terminada la instrucción del 1-O y deja la causa en manos del tribunal que celebrará el juicio • Suspende como diputados a Puigdemont, Junqueras y otros cuatro procesados pero abre la puerta a evitar que pierdan el acta
El juez Pablo Llarena dio ayer por concluida la investigación del 1-O y acordó la suspensión de funciones como diputados de Carles Puigdemont y otros cinco procesados por rebelión: Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva y Jordi Sànchez.
El auto de conclusión del sumario, una de las siete resoluciones dictadas ayer, supone que el magistrado deja de ser competente sobre el caso, que pasa a manos de la Sala encargada de celebrar el juicio. ((Esa Sala deberá ahora confirmar que la investigación está realmente concluida, de reclamar los escritos de acusación y defensa y de fijar la prueba que acepta para el juicio. La previsión del Supremo es comenzar la vista oral antes de final de año, si bien las defensas podrían forzar –por ejemplo, mediante la recusación de la Sala y nuevos recursos– el aplazamiento hasta 2019.
En cuanto a la suspensión de funciones, el juez explica que se trata de una medida «automática» que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal para los procesados por rebelión con orden de prisión. En la práctica, supone que los seis afectados –a los que se sumará Comín cuando se resuelva su recurso– podrán desde ahora actuar como diputados. Por ejemplo, ya no cabe la opción de que deleguen el voto. El juez explica que es la Mesa del Parlament la responsable de «adoptar las medidas precisas para la plena efectividad a la previsión legal».
Llarena explica que la suspensión es una medida cautelar extraordinaria que persigue preservar el orden constitucional «impidiendo que personas que ofrecen indicios racionales de haber desafiado y atacado de forma grave el orden de convivencia democrática mediante determinados comportamientos delictivos, entre los que se encuentra el delito de rebelión, puedan continuar en el desempeño de una función pública de riesgo para la colectividad». La medida no implica que los afectados pierdan el acta de diputado. Sin embargo, en la práctica, para mantener su ajustada mayoría las formaciones independentistas se verían obligadas a sustituir a los afectados por los siguientes de la lista. Esa renuncia sí que haría perder definitivamente el acta.
El juez reconoce la «lógica y legítima aspiración» de sus formaciones políticas «de mantener la mayoría parlamentaria obtenida en los comicios» y estima que «la suspensión provisional del escaño no puede imponer que los grupos parlamentarios en los que se integran los procesados hayan de renunciar a su mayoría parlamentaria durante el periodo de la suspensión de los cargos; como tampoco resulta coherente que una suspensión provisional imponga, como única manera de mantener la mayoría parlamentaria, que los suspensos renuncien definitivamente al derecho de representar a sus electores».
Para paliar los efectos de la suspensión, el juez sugiere al Parlament que establezca una sustitución temporal de los diputados concernidos. «No existe impedimento procesal para que los cargos y funciones públicas que corresponden a los procesados, puedan ser ejercidos de manera plena, pero temporal, por otros integrantes de sus respectivas candidaturas, si tal decisión se contemplara por el Parlamento», dice el magistrado.
Al inicio de la investigación el juez ya intentó preservar en los posible los derechos de los diputados estableciendo la delegación de voto de los que estaban en prisión. Entonces, como ahora, tuvo en cuenta el especial celo con el que miran estos asuntos tanto el Constitucional como en Estrasburgo, dos instancias en las que se revisará el caso.
En todo caso, la suspensión quedaría sin efecto si se revocase su prisión provisional o ya no se les atribuyera una presunta rebelión. También en caso de sentencia, que debería determinar, esta ve de forma definitiva, si deben ser inhabilitados y perder con ello el acta, además de no poder recuperarla.
La conclusión de la investigación afecta únicamente a los procesados que se encuentra a disposición del juez instructor. Respecto a los que están huidos de la Justicia (Puigdemont, Comín, Lluis Puig, Meritxell Serret, Clara Ponsatí, Marta Rovira y Anna Gabriel), el juez los declara en rebeldía y lleva su caso a una pieza separada, que queda suspendida hasta que estén a disposición de la justicia española.
El magistrado ha adoptado otras medidas en los ocho autos dictados hoy. Por ejemplo, ha rechazado todas las diligencias solicitadas tanto por la acusación popular (Vox) como por las defensas. Puigdemont, por ejemplo, había pedido repetir casi todas las diligencias. Además de considerar las nuevas propuestas como innecesarias o reiterativas, Llarena resalta que es necesario actuar con «celeridad» teniendo en cuenta que hay presos preventivos.
Sugiere al Parlament que permita la sustitución temporal de los afectados
Rechaza la petición de Puigdemont de repetir casi todas las diligencias
En otros autos Llarena vuelve a denegar la libertad de Joaquím Forn, alegando que persiste el riesgo de fuga y de reiteración delictiva. A partir de ahora, tanto su prisión o libertad como la del resto de procesados pasa a depender de la Sala que juzgará el caso, encabezada por el presidente de la Sala Penal, Manuel Marchena.