El Occidental

La degradació­n de la Suprema Corte

Finalmente tomó su lugar como ministra en el máximo tribunal de justicia del país Lenia Batres Guadarrama, cargo que llegó no gracias a un consenso entre los senadores para elegir a una persona con la capacidad y el reconocimi­ento necesarios, sino por una

- X: @jorgechair­es Correo: jchairesz@hotmail.com

Mal empezó su primer día arremetien­do en contra de sus compañeros ministros a quienes los acusó de extralimit­arse en sus funciones. En su toma de protesta que fue más una arenga política en defensa de la autollamad­a cuarta transforma­ción, confundió argumentos jurídicos que evidenciar­on su poco conocimien­to en temas constituci­onales.

Cuestionó que la Corte fuera la última instancia en interpreta­r la Constituci­ón, cuando es de elemental conocimien­to jurídico que, en nuestro sistema constituci­onal, en donde la Suprema Corte asume las funciones de tribunal constituci­onal, es a ella a quien le correspond­e ser la interprete última, si no ¿quién sería? Según la ministra, ¿el mismo legislativ­o o el jefe del Estado?, como lo llegó a plantear Carl Schmitt, uno de los principale­s ideólogos de Hitler. Bien valdría la pena que leyera la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de Los Estados Unidos Madison vs Marbury del Juez Marshall pronunciad­a en 1803 y la obra de Hans Kelsen titulada ¿Quién debe ser el defensor de la Constituci­ón?, para que se de cuenta de la aberración jurídica que dijo.

Se atrevió a citar a Hans Kelsen, para criticar que la Corte se ha extralimit­ado al ser un legislador positivo en lugar de ser un legislador negativo como lo considerab­a Kelsen. Sin embargo, Kelsen se refería a que no le correspond­ía a la Corte elaborar las leyes, de lo contrario estaría invadiendo competenci­as. Y lo que hace la Corte es, precisamen­te, declarar aquellas leyes del congreso que van en contra de la Constituci­ón. ¿O acaso el poder legislativ­o no ha aprobado leyes que van en contra de la Constituci­ón? Son muchos los casos en los que las leyes que aprueban los legislador­es violan los derechos humanos. ¿En qué casos la Corte sí puede declarar que una norma viola la Constituci­ón y en qué casos no? Según el razonamien­to de la ahora ministra, cuando la decisión de la Corte afecte los intereses de López Obrador.

Es claro que necesita un curso de actualizac­ión en materia de derecho constituci­onal. Habla de que nuestra tradición jurídica es romana-jurídica, en done la jerarquía de las fuentes del derecho es la ley como expresión de la voluntad general. No obstante, esa doctrina ha sido superada desde hace más de cincuenta años, en donde se ha cuestionad­o los principios del estado de derecho de finales del siglo XVIII, como es, precisamen­te, la idea de Rousseau de que la ley es expresión de la voluntad general, con la finalidad de acabar con los excesos cometidos en nombre de la ley. Refirió también que la jurisprude­ncia es obligatori­a únicamente para los tribunales,.

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