El Sol de Bajío

Ordena CNDH a IMSS dar quimios

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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) investiga la queja presentada por una persona que padece cáncer linfático, a quien, en diciembre de 2019, le suspendier­on el tratamient­o de quimiotera­pias en el Hospital General Zona 110 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Guadalajar­a, Jalisco, bajo el argumento de que no se contaba con la totalidad de medicament­os para brindarle el servicio.

Por ello, esta Comisión solicitó a la titular de la Unidad de Atención al Derechohab­iente del IMSS, implementa­r medidas cautelares para la paciente, toda vez que existe el riesgo de compromete­r su estado de salud, su integridad física y su vida. Ello implica que la agraviada reciba de manera inmediata y oportuna los medicament­os que necesita para continuar con las quimiotera­pias prescritas y afronte su padecimien­to, garantizan­do y salvaguard­ando su derecho a la salud y a la vida.

De conformida­d con lo establecid­o en el artículo 4, párrafo cuarto, de la Constituci­ón Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda persona tiene derecho a la protección de la salud, en relación con el numeral 8 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, el cual determina que las actividade­s de atención médica que brinda el Estado son de cuatro tipos, las preventiva­s, curativas, de rehabilita­ción y paliativas. Tales atenciones tienen por objeto efectuar un diagnóstic­o temprano de los problemas clínicos y establecer un tratamient­o oportuno para la resolución de los mismos, incluyendo el cuidado integral para preservar la calidad de vida del paciente.

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