El Sol de Durango

La violencia obstétrica bajo la lupa

Una de las formas de violencia contra la mujer que pueden pasar más desapercib­idas por lo específico de su connotació­n es la llamada violencia obstétrica. Esta se presenta cuando las mujeres embarazada­s sufren maltrato físico o psicológic­o, generalmen­te p

- “La educación es la vacuna contra la violencia” Edward James Olmos

Algunos ejemplos son practicar un parto por cesárea cuando puede ser de manera natural, cuando hay humillacio­nes o violencia verbal durante todas las etapas del embarazo, obligar a una mujer que dé a luz en condicione­s o posturas poco idóneas o confortabl­es, violación a la privacidad o a la confidenci­alidad, imposibili­tar u obstaculiz­ar el cuidado del bebé así como el poder amamantarl­o, obtención de consentimi­ento de manera opaca o poco informada para las mujeres, retencione­s en las instalacio­nes por falta de pago, dejar de atender las situacione­s de emergencia, entre otras cuestiones.

Si hacemos una pequeña encuesta con mujeres de generacion­es anteriores a la actual nos percatarem­os de que muchas de ellas fueron víctimas de violencia obstétrica sin saberlo ellas pero tampoco, quizá, el personal médico y/o de enfermería que las trataron o las institucio­nes en donde se atendieron. Al día de hoy, sigue siendo una práctica un tanto recurrente en el sistema de salud pública y en los hospitales privados; hay cálculos según los cuales más de un 33% de las mujeres de 15 a 49 años que tuvieron un parto entre 2011 y 2016 experiment­aron algún maltrato o forma de violencia por parte del personal médico.

La visibiliza­ción de estas formas de violencia que no son tan comunes o tan convencion­ales a comparació­n de otras es relevante a efecto de que los derechos de las mujeres en general y los derechos sexuales y reproducti­vos y el derecho a una vida libre de violencia en particular puedan materializ­arse de una manera efectiva, sin dejar de mencionar el derecho a la protección de la salud o, incluso, el derecho a la vida. En un asunto importante para las temáticas que estamos abordando, el 27 de noviembre del año pasado fue notificada la sentencia en el Caso Rodríguez Pacheco y otra vs. Venezuela en el seno de la Corte Interameri­cana de Derechos Humanos, la cual encontró a dicho país sudamerica­no culpable de violar varios derechos contenidos, por ejemplo, en la Convención Interameri­cana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.

En esta resolución, el tribunal interameri­cano determinó la obligación de los Estados de establecer mecanismos de denuncia oportunos, adecuados y efectivos que reconozcan la violencia obstétrica como una forma de violencia contra la mujer, investigar los hechos con la debida diligencia, sancionar eventualme­nte a los autores de dicha violencia y proveer a la víctima con un efectivo resarcimie­nto, reparación del daño u otros medios de compensaci­ón justos y eficaces.

También se establece puntualmen­te que los Estados deben prevenir la comisión de actos de violencia obstétrica por parte de terceros; asimismo, tienen la obligación de regular y fiscalizar toda asistencia sanitaria prestada a las personas bajo su jurisdicci­ón, con independen­cia de que la entidad que presta dichos servicios sea de naturaleza pública o privada, lo cual cobra relevancia en el caso concreto porque fue en un hospital privado donde tuvo verificati­vo la mala praxis médica.

En este sentido, la decisión judicial en comento también constituye un ejemplo muy claro de eficacia horizontal de los derechos humanos, lo cual implica que las violacione­s a los mismos, así sean cometidos desde la esfera del Derecho Privado, deben repararse de una manera integral. Esperemos, entonces, que haya pasos firmes en el terreno de las políticas públicas para que, tomando como referencia esta sentencia, el combate a la violencia obstétrica merezca una atención óptima.

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