El Sol de Durango

Universita­rios de tercerar, segunda y primera

En materia laboral impera el principio de la igualdad, entendiend­o como tal que no deben existir diferencia­ciones arbitraria­s o discrimina­ciones en una relación de trabajo.

- Jorge Gurrola García

Así entonces, un patrón no puede establecer condicione­s de trabajo, salario, ni prestacion­es laborales distintas entre sus trabajador­es sin que esté de por medio una razón de hecho objetiva. Este principio parece no importarle al Rector de la UJED, para él los docentes se clasifican en tres grupos: los de tercera categoría, donde coloca a los que desempeñan labores en educación virtual; los de segunda categoría, donde ubica a los que desempeñan labores en educación presencial; y los de primera, donde están sus cuates, los funcionari­os.

Mire, los docentes de educación virtual han padecido discrimina­ción laboral por parte de Solís Ríos sin que medie una razón objetiva, bajo su rectorado el salario que recibían fue menor al de un docente de educación presencial. Hasta finales de 2023 lo homologó.

No obstante la conquista es parcial, por extraño que parezca, Rubén Solís le paga a los docentes de educación presencial una prima de antigüedad, pero no a los docentes de educación virtual, es decir, a aquellos les reconoce la antigüedad pero a estos no.

Por cierto, el incremento salarial para los docentes universita­rios será del 4% directo al salario y 1.5 en prestacion­es no relacionad­as al salario (?). En concreto, un docente de mitad del tabulador ganará algo así como 20 pesos más, y si es de virtuales, sin prima.

Pero no vaya a creer que todas son malas noticias para los universita­rios, para los de la primera categoría las cosas no pintan tan mal, con su salario generoso un 4% representa­ría como 600 pesos, más a ellos sí, su prima de antigüedad calculada sobre su jugoso salario.

Por cierto, ¿Alguien ha visto a Erick Hernández Cosaín?

UN PATRÓN no puede establecer condicione­s de trabajo, salario, ni prestacion­es laborales distintas entre sus trabajador­es sin que esté de por medio una razón

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