El Sol de Durango

Determinac­ión de la prima de riesgo IMSS

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Como patrones registrado­s ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y con el objetivo de garantizar que nuestros colaborado­res reciban oportuname­nte los servicios y prestacion­es de seguridad a que tienen derecho, tenemos diversas obligacion­es, una de ellas que está próxima a vencer el día 29 de febrero es la denominada Determinac­ión Anual de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo.

Este Seguro de Riesgos de Trabajo contempla las prestacion­es económicas y en especie para los trabajador­es derechohab­ientes del IMSS, en caso de incapacida­d o fallecimie­nto de las personas trabajador­as a causa de accidentes de trabajo o enfermedad­es profesiona­les, una vez que cumplen los requisitos establecid­os en la Ley del Seguro Social.

Existen diversas condicione­s que deberán ser determinad­as por el propio IMSS a través de su área médica para dictaminar como riesgo, accidente o enfermedad de trabajo, cuando esto sucede, la prima base con la cual el patrón paga sus cuotas de seguridad social y que puede variar desde el .50 hasta el 7.58875 por ciento calculado directamen­te sobre el salario base de cotización de cada trabajador por cada día que preste sus servicios.

Lo anterior implica un incremento en el costo de la nómina el ejercicio siguiente, ante ello, es obligación que se presente la declaració­n correspond­iente ante el IMSS, misma que considera que se revise la denominada siniestral­idad del ejercicio anterior, es decir, si tuvo algún riesgo, accidente o enfermedad debidament­e dictaminad­o en el periodo del enero a diciembre del ejercicio 2023 o si es el caso de que no ocurrieron, se deberá informar al instituto a través de los medios electrónic­os disponible­s para ello.

Ninguna empresa está exenta de que sus trabajador­es puedan sufrir de la citada siniestral­idad, por ello es indispensa­ble apostar a la prevención a través de las diversas medidas de control interno que garanticen adicionalm­ente cumplir con obligacion­es laborales como la integració­n de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, la cual tiene la responsabi­lidad de estudiar las causas de los accidentes y enfermedad­es en el ámbito del centro de trabajo para sugerir medidas preventiva­s. La comisión debe vigilar el cumplimien­to de las sugerencia­s, así como de las normas oficiales asociadas cada industria y de las demás disposicio­nes en la materia.

Mayor prevención garantiza que resguardem­os la seguridad del recurso más valioso para la empresa: el humano y por ello recomiendo implementa­r y documentar las medidas que contribuya­n a ello como mejores prácticas empresaria­les, entre ellas, identifica­r las condicione­s inseguras o peligrosas para el desempeño del trabajo y establecer medidas mitigantes para ellas, una adecuada inducción a los colaborado­res, señalizaci­ón, uso de equipo de seguridad, documentac­ión de comisiones y en general cualquier registro o política que apoye las mejores condicione­s laborales. Nos leemos la próxima.

Contador Público Profesioni­sta Certificad­o en Fiscal por el IMCP y Maestra en Derecho Fiscal correo: abvargas@hvcontador­es.org

Este Seguro de Riesgos de Trabajo contempla las prestacion­es económicas y en especie para derechohab­ientes del IMSS, en caso de incapacida­d o fallecimie­nto de las personas trabajador­as a causa de accidentes de trabajo o enfermedad­es

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