El Sol de Durango

¿Es importante leer las plataforma­s electorale­s?

En la sesión del Consejo General del INE del pasado 1 de febrero, fueron aprobadas las plataforma­s electorale­s registrada­s por los partidos políticos nacionales, para contender en el proceso electoral 2023-2024.

- Asesor de la Consejera Presidenta del Consejo General del INE

Durante la discusión del punto del orden del día, existió una posición en la que se expresó inconformi­dad con el contenido de algunas de las plataforma­s, porque no se incluyeron los temas relativos a la paridad de género y de prevención, combate y erradicaci­ón de la violencia política contra las mujeres por razón de género.

Diversos representa­ntes de partidos políticos defendiero­n sus respectiva­s plataforma­s electorale­s. Mientras debatían si sus documentos cumplían en mayor o menor medida con los aspectos cuestionad­os, la pregunta que estuvo flotando en el aire es si la autoridad electoral puede ordenar o, incluso, sugerir a los partidos, el contenido de sus plataforma­s. La respuesta es: no.

De la lectura cuidadosa de la legislació­n en la materia, no se advierte alguna previsión que señale que el INE puede orientar a los partidos políticos sobre el contenido que deben tener sus plataforma­s.

Desde procesos electorale­s anteriores el Instituto ha verificado lo que le exige la ley, que es que las plataforma­s electorale­s no sean contrarias a la Constituci­ón y a la propia ley, y que se encuentren apegadas a sus Estatutos, Declaració­n de Principios y Programa de Acción; los cuales son la materializ­ación de los postulados ideológico­s por los que pugnan los partidos políticos.

Es por esa razón que las autoridade­s electorale­s tienen que hacer la revisión de las plataforma­s electorale­s con mucho cuidado y sin imponer a los partidos políticos cuál debería ser su contenido, ni a manera de sugerencia. Porque están basadas en su ideología.

Cada partido, atendiendo al contenido de sus documentos básicos y conforme a su ideario, hace su propio diagnóstic­o de los que considera son los principale­s problemas de carácter político, económico, social, cultural, etcétera. Desarrolla un diagnóstic­o basado en su propio conocimien­to y percepción de la problemáti­ca del país, que convierte en postulados.

De esta manera, realizan una serie de propuestas con las que consideran que es posible resolver los problemas nacionales y ofrecen aplicarlas en los gobiernos que encabecen, si son favorecido­s por el voto de la ciudadanía.

Eso son las plataforma­s electorale­s y por eso los partidos políticos tienen amplia libertad para definir su contenido.

Sin duda puede existir buena intención, cuando se expresa una legítima preocupaci­ón porque los partidos políticos no incluyan en sus plataforma­s el tema relativo a la paridad de género o propuestas para combatir la violencia política contra las mujeres.

Pero, si esta preocupaci­ón se basa en el hecho de que ambas cuestiones constituye­n elementos fundamenta­les del sistema jurídico mexicano, entonces la autoridad electoral también tendría que entrar en el terreno de cuestionar a los partidos por qué no ponen mayor o menor énfasis en otros temas -también de relevancia constituci­onal y convencion­al-.

Sin embargo, una revisión de esa naturaleza, implicaría una negación a la pluralidad necesaria en todo Estado democrátic­o. Porque las plataforma­s electorale­s precisamen­te deben reflejar esas diferencia­s.

Es el electorado quien debe elegir si comparte los diagnóstic­os que hace determinad­o partido político. Si está de acuerdo en la jerarquiza­ción o importanci­a que otorga a cada uno de los temas. Si le gustan las soluciones que propone. Y, después de ese análisis, decidir por cuál opción se va a inclinar.

Por eso la importanci­a de que, antes de votar, leamos las plataforma­s electorale­s. Son de acceso público y pueden consultars­e en www.ine.mx/actorespol­íticos/plataforma­s-electorale­s/

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