Soberanía nacional: colaboración, no intromisión
Dentro del marco de política exterior, nuestro país ha dado muestras de colaboración y respeto al derecho internacional. Ejemplo de ello es la doctrina Carranza, que señala la igualdad entre los Estados y desaprueba toda intervención de los asuntos internos de otra nación. La Doctrina Estrada, que establece los principios de libre autodeterminación de los pueblos y de no injerencia en los asuntos internos de otros países como ejes rectores de la diplomacia. En suma, México es un país que privilegia el diálogo y la legalidad como las vías para la colaboración con otras naciones.
En este sentido, es facultad y obligación del
Presidente de la República “dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, así como terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos, sometiéndolos a la aprobación del Senado”, artículo 89, fracción X de la Constitución.
Si bien nuestra Carta Magna señala la autonomía de que gozan las entidades federativas como una de sus características esenciales, ésta no es absoluta, ya que indica que no pueden tomar decisiones que lesionen la soberanía nacional, como autorizar la presencia de agentes extranjeros en su territorio. Además, el artículo 117 constitucional señala que los estados de la República no pueden, en ningún caso, “celebrar alianzas, tratados o coaliciones con otro Estado ni con las potencias extranjeras”.
Es importante establecer que la colaboración no puede dar lugar a la indebida intromisión. El diálogo y el consenso, el trato entre naciones con igualdad, permite a los países alcanzar acuerdos en beneficio de sus pueblos. En todo momento debemos ser respetuosos de la soberanía, pues es en el respeto al derecho ajeno donde se encuentra la paz entre las naciones.