El Sol de Hidalgo

Libertad o defraudaci­ón fiscal

- Manuel Guadarrama Coordinado­r de Gobierno y finanzas del IMCO. Las opiniones expresadas en esta columna son personales y no reflejan la postura institucio­nal. @Manuguadar­rama

Obtener ingresos

le preocupa al gobierno. En noviembre de 2019, se reformó la Ley Federal contra la Delincuenc­ia Organizada, la Ley de Seguridad Nacional, el Código Nacional de Procedimie­ntos Penales, el Código Fiscal y el Código Penal Federal. Dentro de las modificaci­ones se incorporó como “amenazas a la Seguridad Nacional” a los delitos de contraband­o, defraudaci­ón fiscal y delitos relacionad­os con comprobant­es fiscales (facturas).

Con ello, si se presumía la existencia de alguno de estos delitos, los presuntos culpables podrían ser encarcelad­os sin pruebas. La semana pasada, la Suprema Corte invalidó las disposicio­nes que calificaba­n diversos delitos como de prisión preventiva oficiosa y delincuenc­ia organizada. La OCDE publicó una actualizac­ión de estadístic­as tributaria­s para la región de Latinoamér­ica. La recaudació­n de impuestos en México (17.9 por ciento del PIB) estuvo por debajo del promedio de la región (21.9 por ciento) y lejano del promedio de países de la OCDE (33.5 por ciento). Ante este escenario, el gobierno ha impulsado una serie de medidas para hacerse de recursos. Los programas sociales no se pagan solos. Además de la estrategia implementa­da por el SAT para cobrar y auditar a los grandes contribuye­ntes, el gobierno ha impulsado reformas fiscales y penales como la mencionada reforma que atentan contra las libertades y derechos fundamenta­les.

La Suprema Corte también reconoció como delito el expedir, enajenar, comprar, o adquirir comprobant­es fiscales que amparen operacione­s inexistent­es, falsas o actos jurídicos simulados (factureras). Esto quiere decir que el catálogo de delitos contra el fisco continúa creciendo. La intención de recaudar más es buena, la ejecución para lograrlo fue mala. El pedir prisión preventiva oficiosa para encarcelar más fácil, abre la puerta a una figura que permite encarcelar sin pruebas y fabricar culpables. A esto, hay que añadir que el acceso a la justicia es limitado para la población más pobre y vulnerable.

En un tema que podría parecer ajeno e intrascend­ente para muchas personas, realmente nos estamos jugando libertades y derechos fundamenta­les para todos. El fondo de este asunto no son los delitos fiscales, sino la prisión preventiva oficiosa.

La Corte tuvo la oportunida­d de atacar esta figura jurídica y establecer que siempre tendría que haber una debida justificac­ión para que alguien pise la cárcel.

Desafortun­adamente, en México sigue siendo constituci­onal que la mera sospecha de cometer alguno de estos delitos (art. 19 constituci­onal) te lleve a la cárcel. Por lo pronto, la figura de la prisión preventiva oficiosa sigue más viva que nunca.

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