Empresa no pagará metros adicionales
El ayuntamiento de Tepeapulco pretendía cobrarles más, pero lograron un amparo
El Poder Judicial de la Federación habría fallado a favor de la empresa ASF-K de México, para que se le devuelva parte del monto que pagó por el servicio de renovación de placa de funcionamiento, por lo que el Ayuntamiento de Tepeapulco reintegró el dinero que dicha compañía cubrió para mantener sus operaciones; lo anterior, debido a que el tribunal resolvió como inconstitucional la nueva tarifa en cuanto al cobro extra de dos pesos por metro cuadrado, excedente al límite fijado.
A decir de la empresa, el cobro adicional de dos pesos no tiene relación con el costo del servicio que se presta, “pues no se debía tomar en cuenta el giro y mucho menos la superficie y/o dimensión del establecimiento… ya que debía guardar relación con el costo administrativo que le genera al municipio la renovación”.
De acuerdo con el expediente 865/2023 del Juzgado Cuarto de Distrito en Hidalgo, la compañía presentó el pasado 25 de mayo una demanda de amparo contra la “iniciativa, discusión, aprobación refrendo y publicación de la Ley de Hacienda para los municipios del Estado de Hidalgo".
Cabe mencionar que el artículo 18 de la Ley de Ingresos de Tepeapulco, establece el costo de los derechos por expedición y renovación de placa de funcionamiento, y según los artículos 103 y 109 de la Ley de Hacienda del estado, el monto va de 10 mil a 569 mil pesos por apertura, y de 3 mil a 284 mil por renovación.
Tras el análisis, el secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Hidalgo, resolvió a favor de la empresa considerando inconstitucional una tarifa por el excedente de metro cuadrado.