Obligan a papás dar el sustento
Ya está vigente en nuestro estado una reforma al Código Civil que permite que una madre a quien el padre de su hijo no le quiere dar alimentos (manutención, comida, ropa y escuela), esta mujer puede demandarlo para cobrar dichos conceptos desde el momento en que fue concebido su hijo.
Y es que el Congreso local aprobó una modificación muy novedosa que consistió en aplicar la retroactividad de la entrega de alimentos a los hijos desde el momento de la concepción. Los alimentos es la obligación que tiene un padre de mantener a sus hijos.
“Esto es con el fin de ayudar a las mujeres que se quedan embarazadas y el hombre desaparece”, explicó la diputada local Cristina Márquez Alcalá, presidenta de la Comisión de Justicia de la Legislatura local, en entrevista con la Organización Editorial Mexicana (OEM).
Precisó que los artículos que se añadieron al artículo fueron: “Cuando se declare judicialmente la paternidad se genera, entre otros derechos, alimentos retroactivos desde el momento de la concepción.
“De ello puede prevalerse el interesado a cualquier edad. El monto retroactivo de los alimentos será fijado por el juez”.
“Para que cuando se reclame la pensión alimenticia, se genera una deuda desde el momento de la concepción. Entonces abarca cuestiones como el cuidado médico del propio embarazo, el periodo de la niñez y lo que haya pasado de todo el periodo que no cubrió.
“Creo que esto es muy importante para los derechos de los niños, niñas y adolescentes, porque al final es una garantía de subsistencia. Es para poder apoyar a algunas mujeres que están embarazadas.
“Vas a las colonias y se acerca un gran número de mujeres, de señoras, de mamás que se acercan con esta preocupación y nos dicen ¿qué hago? ayúdennos.