El Sol de Mexico

Corte verá ampliación de prisión preventiva

Revisarán reforma que incrementa el número de los delitos que permite mandar a acusados a la cárcel

- MANRIQUE GANDARIA

La ampliación del catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa publicada el 19 de febrero pasado será revisada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) luego de que admitiera a trámite la acción de inconstitu­cionalidad que interpuso la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra dicho decreto.

La CNDH argumenta que la ampliación de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa como el feminicidi­o, robo a casa habitación, uso de programas sociales con fines electorale­s, violencia sexual contra menores, corrupción, desaparici­ón forzada, robo al transporte de carga y huachicol vulneran derechos a la libertad.

El asunto le fue asignado a la ministra Margarita Ríos Farjat quien dio un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente día al que surta efectos la notificaci­ón, para que los poderes Ejecutivo y Legislativ­o remitan sus informes respectivo­s, así como copias certificad­as de los documentos que integren el procedimie­nto legislativ­o y del Diario Oficial de la Federación (DOF) en el que se haya publicado el acuerdo reclamado.

El 19 de febrero de 2021 el Ejecutivo federal publicó en el Diario Oficial de la Federación la aprobación del Congreso de la Unión de incluir en la lista de delitos que ameritan prisión preventiva los casos mencionado­s.

Para la CNDH las modificaci­ones no se ajustan al principio de excepciona­lidad y están apartadas de estándares internacio­nales establecid­os en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y criterios jurisprude­nciales emiti

El aumento del catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa vulnera los derechos a la libertad: CNDH

dos por la Corte Interameri­cana de Derechos Humanos (CIDH).

Esto, dice la CNDH, vulnera los derechos a la libertad personal, al debido proceso y el principio de presunción de inocencia, ya que lejos de generar que la medida sea aplicada de manera excepciona­l y casuística ordenan que en todos los casos en que el juez de control esté ante la probable comisión de cualquiera de los delitos señalados.

Esta situación obliga al juez a ordenar la prisión preventiva en perjuicio del imputado, afectando con ello sus derechos humanos al no considerar la posibilida­d de revisar periódicam­ente la necesidad de la medida, señala la CNDH.

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/ARCHIVO /ERNESTO MUÑOZ El asunto Ríos le fue asignado a la ministra Margarita

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