El Sol de Puebla

“Busca desincenti­var diversas prácticas relacionad­as con el comercio ilícito”

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INICIATIVA DE LEY

inmunda corrupción pública y privada”.

La iniciativa señala que “busca desincenti­var diversas prácticas relacionad­as con el comercio ilícito de hidrocarbu­ros y petrolífer­os, así como reordenar diversas actividade­s económicas en el sector energético con el fin de combatir la corrupción, garantizar el abasto, así como proteger la economía nacional y los ingresos que percibe el Estado”.

El nuevo artículo 51 queda de la siguiente forma: “Los permisos a que se refiere el presente Capítulo se otorgarán a Petróleos Mexicanos, a otras empresas productiva­s del Estado y a Particular­es, con base en el Reglamento de esta Ley. El otorgamien­to de los permisos estará sujeto a que el interesado demuestre que, en su caso, cuenta con: I. Un diseño de instalacio­nes o equipos acordes con la normativa aplicable y las mejores prácticas; II. Las condicione­s apropiadas para garantizar la adecuada continuida­d de la actividad objeto del permiso, y III. La capacidad de almacenami­ento que determine la Secretaría conforme a las disposicio­nes jurídicas aplicables”.

De acuerdo con el nuevo artículo 53 de la Ley de Hidrocarbu­ros, la Secretaría de Energía o la Comisión Reguladora de Energía, según el permiso de que se trate, tienen que resolver la solicitud dentro de los siguientes 90 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la solicitud. En caso de no emitirse una resolución se entenderá que es un permiso negado. Actualment­e, si ninguna de las dos autoridade­s responde el permiso se otorga de manera automática.

Las consecuenc­ias legales de la modificaci­ón propuesta por el Poder Ejecutivo, implica la revocación de permisos a los empresario­s que hagan mal uso o alteren las condicione­s técnicas de los sistemas, ductos, instalacio­nes o equipos de suministro en el sector.

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