“Busca desincentivar diversas prácticas relacionadas con el comercio ilícito”
INICIATIVA DE LEY
inmunda corrupción pública y privada”.
La iniciativa señala que “busca desincentivar diversas prácticas relacionadas con el comercio ilícito de hidrocarburos y petrolíferos, así como reordenar diversas actividades económicas en el sector energético con el fin de combatir la corrupción, garantizar el abasto, así como proteger la economía nacional y los ingresos que percibe el Estado”.
El nuevo artículo 51 queda de la siguiente forma: “Los permisos a que se refiere el presente Capítulo se otorgarán a Petróleos Mexicanos, a otras empresas productivas del Estado y a Particulares, con base en el Reglamento de esta Ley. El otorgamiento de los permisos estará sujeto a que el interesado demuestre que, en su caso, cuenta con: I. Un diseño de instalaciones o equipos acordes con la normativa aplicable y las mejores prácticas; II. Las condiciones apropiadas para garantizar la adecuada continuidad de la actividad objeto del permiso, y III. La capacidad de almacenamiento que determine la Secretaría conforme a las disposiciones jurídicas aplicables”.
De acuerdo con el nuevo artículo 53 de la Ley de Hidrocarburos, la Secretaría de Energía o la Comisión Reguladora de Energía, según el permiso de que se trate, tienen que resolver la solicitud dentro de los siguientes 90 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la solicitud. En caso de no emitirse una resolución se entenderá que es un permiso negado. Actualmente, si ninguna de las dos autoridades responde el permiso se otorga de manera automática.
Las consecuencias legales de la modificación propuesta por el Poder Ejecutivo, implica la revocación de permisos a los empresarios que hagan mal uso o alteren las condiciones técnicas de los sistemas, ductos, instalaciones o equipos de suministro en el sector.