El Sol de Puebla

La discrimina­ción racial limita el desarrollo personal

- Jorge Pinto Tepoxtecat­l jorgepinto_9@hotmail.com / Twitter: @apjorge/

El Día Internacio­nal de la Eliminació­n de la Discrimina­ción Racial se conmemora el próximo 21 de marzo, el contexto de esta rememoraci­ón se sitúa en 1960, cuando la policía de Sharpevill­e, Transvaal, actual provincia de Gauteng, Sudáfrica, abrió fuego y mató a 69 personas en una manifestac­ión pacífica contra la ley de pases del apartheid (Conjunto de medidas impuestas que obligaban a las personas de color a llevar un documento que limitaba su acceso a las zonas reservadas a los blancos). Al proclamar el Día en 1966, la Asamblea General de la Organizaci­ón de Naciones Unidas, instó a la comunidad internacio­nal a redoblar sus esfuerzos para eliminar todas las formas de discrimina­ción racial de la son objeto miles de personas migrantes e incluso de nuestros grupos étnicos a diario y que, a pesar de que existen convencion­es internacio­nales en la materia, así como el reconocimi­ento en nuestro Código Político, se continúa menoscabad­o la dignidad de las personas en muchos países incluido el nuestro.

El Comité de Derechos Humanos del Sistema de Naciones Unidas, ha definido a la discrimina­ción como:

[...] toda distinción, exclusión, restricció­n o preferenci­a que se basen en determinad­os motivos como la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento o cualquier otra condición social y que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimi­ento, goce o ejercicio, en condicione­s de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamenta­les de todas las personas.

Tanto la no discrimina­ción como el derecho a la igualdad se encuentran previstos en tratados internacio­nales, como la Carta de Naciones Unidas, la Convención Americana de los Derechos Humanos (CADH), así como, la Convención sobre la Eliminació­n de Todas las Formas de Discrimina­ción Contra la Mujer (1979) (CEDAW). En el caso de nuestra ley fundamenta­l, dichos derechos se encuentran previstos en los artículos 1o y el 4o, señalan que queda prohibida toda discrimina­ción…y que el varón y la mujer son iguales ante la ley…

No debemos olvidar que los derechos humanos son ambivalent­es, esto quiere decir, que no solo son potestades, sino también deberes, y así como es nuestro derecho exigir respeto también debemos respetar a los demás, sin discrimina­r”.

De acuerdo con el Observator­io de Racismo en México y Centroamér­ica, que realiza mediciones en redes sociales, del 01 al 30 de septiembre de 2022, la tasa de racismo nacional fue de 33.6%, es decir, que, de cada 10 menciones sobre raza y racismo en México, tres fueron clasificad­as como abiertamen­te racistas. En comparació­n al mes pasado, esta tasa fue ligerament­e menor (en agosto fue de 34.2%). Esta tasa se obtiene dividiendo el número total de publicacio­nes clasificad­as como racistas sobre el total de publicacio­nes que se realizaron sobre racialidad y racismo. Para este muestreo, se analizaron 2,255 publicacio­nes sobre racialidad y racismo de la conversaci­ón pública durante el mes de septiembre en la República Mexicana.

Lo anterior, nos obliga a ser responsabl­es en el ejercicio de nuestra libertad de expresión y siendo promotores a la vez de una cultura de la inclusión, que termine con toda clase de discrimina­ción, de rechazo a grupos vulnerable­s, así como apostar más recursos a la educación ya que juega un papel prepondera­nte, toda vez que, a través de ella se van incorporan­do aspectos como la diversidad, el pluralismo democrátic­o, la educación intercultu­ral, multicultu­ral, pluricultu­ral o transcultu­ral con lo que, se puede contribuir a promover el respeto a los derechos humanos. Como dice Ricoeur. “El objeto del respeto debe ser, en primer lugar, la humanidad de la persona, no en tanto que colectivid­ad, sino en tanto que cualidad humana”.

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