¿Como constituir una hipoteca para garantizar un pago?
Recientemente me preguntó un constructor la forma en que podía otorgar un préstamo sin riesgo al momento de cobrarlo, aplicando algún interés por dicho acto.
Debemos recordar que cualquier acto jurídico no es 100% seguro, cualquier cosa se puede ir a juicio y hasta no obtener una sentencia firme, lo cual puede suceder hasta que se concluya la revisión del amparo correspondiente.
Ahora bien, se pueden establecer diversas estrategias que reducen al mínimo el riesgo, en este caso vamos a señalar que los créditos son un gran negocio para quien los da, especialmente los agiotistas, quienes actúan al margen de la ley obteniendo un rédito muy superior al permitido.
En el caso de prestamos de cientos de miles, inclusive hasta millones, se pueden otorgar garantías hipotecarias para respaldarlos. Para tal efecto se puede realizar inicialmente un reconocimiento de deuda, es decir, que el deudor manifieste bajo una fe pública, como puede ser la del notario, que dicho adeudo existe, para luego constituir una hipoteca sobre un bien inmueble, el cual es sujeto a un gravamen que debe ser inscrito en el órgano registral correspondiente. Esto también debe ser realizado mediante una notaría pública, mediante el instrumento correspondiente y previa redacción del texto que se va a protocolizar, lo cual tiene un costo por la asesoría del abogado, los honorarios del fedatario y la inscripción, pero esto siempre será mucho menor a tener que entablar un juicio, sin los elementos necesarios, para cobrar dicha deuda. Infortunadamente no existe la cultura de gastar en trámites y contratos, lo cual crea problemas que son mucho más costosos respecto la realización y registro de los actos jurídicos mencionados.
Estos contratos generalmente se realizan cuando hablamos de prestamos millonarios o inversiones inmobiliarias. Por cierto, escuche en Radio Imagen hablar de un presunto fraude del desarrollo denominado Oak 58, aquí en Puebla, por lo que hay que estar atentos a las llamadas preventas, las cuales podrían parecer atractivas por el descuento que se hace a un inmueble, pero que encierran un riesgo, para lo cual hay que checar cómo está constituido el régimen de propiedad y otros elementos, ya que ese posible descuento, que supuestamente se obtendrá, puede terminar en la pérdida de miles o millones de pesos. Recordando ese aforismo que bien se aplica aquí de: lo barato sale caro.
Como siempre, cada caso es distinto y requiere un estudio específico, si usted tiene alguna duda, nos puede consultar telefónicamente, sin costo alguno, donde lo atenderemos con gusto.