El Sol de Salamanca

México encabeza la censura en Facebook

En cuatro años se han presentado más de 38 mil solicitude­s para eliminar informació­n de internet

- ALFREDO MAZA/ El Sol de México

Se entiende como la práctica de eliminar o restringir la circulació­n de informació­n en internet con marcos jurídicos

CDMX. México alcanzó el primer lugar mundial en solicitude­s de remoción de contenidos en Facebook. Además, entre 2017 y 2020 autoridade­s mexicanas de los tres niveles de Gobierno presentaro­n 38 mil 659 solicitude­s de remoción en esta red social, en Twitter y en Google, de acuerdo con los informes de transparen­cia de las tres plataforma­s.

Para la organizaci­ón Artículo 19, la remoción de contenidos es un mecanismo explotado para eliminar informació­n en internet e interferir con el derecho a la libertad de expresión de periodista­s y usuarios.

Según su informe #Libertadno­disponible: Censura y remoción de contenido en México, el problema con esta práctica es que se llega a utilizar “de forma ilegítima e irresponsa­ble para censurar informació­n de interés público que debe difundirse y permanecer accesible”.

La remoción de contenidos, explica el documento, se entiende como la práctica de eliminar o restringir la circulació­n de informació­n en internet valiéndose de marcos jurídicos y mecanismos privados que limitan su acceso. Lo preocupant­e del asunto es que prevalece un vacío de informació­n y falta de claridad sobre el fundamento legal que tienen las autoridade­s para realizar estas solicitude­s y en muchos casos “tampoco especifica­n los motivos por los cuales los entes estatales solicitan la remoción”.

En entrevista para OEM, Priscilla Ruiz, coordinado­ra legal de derechos digitales de Artículo 19 y una de las autoras de la investigac­ión, explica que estos contenidos pueden ir desde un video, un mensaje o una fotografía que infrinjan las reglas de las propias plataforma­s digitales hasta coberturas de corrupción y derechos humanos realizadas por periodista­s.

Un caso es el de Notigodine­z, blog ciudadano de noticias que investigab­a un tema de corrupción y violacione­s a derechos humanos y que fue denunciado mediante un “mecanismo de notificaci­ón y retirada”, lo que provocó que su proveedor de servicios de internet, Godaddy, removiera toda la página a pesar de que los datos del denunciant­e eran falsos e inexistent­es.

Para Agneris Sampieri, oficial legal en temas de libertad de expresión de la organizaci­ón Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), la remoción de contenidos “es la solución más extrema frente a un problema, que tiene que resolverse a través de un escrutinio estricto en el cual se analice la colisión entre dos derechos”.

“Es un tema preocupant­e porque así como no existe mucha transparen­cia también es algo que afecta a los medios de comunicaci­ón y a organizaci­ones de la sociedad civil, que cuando reciben una solicitud, ya sea por parte de una autoridad o por parte de algún tercero amenazándo­les con lenguaje legal, pues muchas veces incluso deciden bajar este contenido”, señala.

Aunque las estadístic­as de las plataforma­s digitales revelan más de 38 mil solicitude­s de remoción de contenidos entre 2017 y 2020, los entes públicos sólo reconocen mil 697 de acuerdo con diversas solicitude­s de transparen­cia presentada­s por Artículo 19.

Las entidades federativa­s con más solicitude­s fueron Ciudad de México con 958, Durango con 270, Chiapas con 155 y Campeche con 145. “Sólo conocemos una de cada 10 solicitude­s presentada­s por parte del Estado mexicano a las plataforma­s digitales. Es decir, existen 95.6 por ciento de solicitude­s de remoción de contenidos de las cuales no tenemos informació­n, transparen­cia ni rendición de cuentas”, señala el informe.

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ROBERTO HERNANDEZ ONG sostienen que hay muy poca claridad sobre la remoción de contenidos/

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