Elevan Ley Olimpia a nivel federal
Prisión de tres a seis años y multas de 44 mil 810 a 89 mil 620 pesos a quien viole la intimidad de otra
CDMX. Con un abrazo multitudinario, porras y gritos de felicidad, los colectivos feministas festejaron ayer la aprobación del dictamen de la llamada Ley Olimpia a nivel federal.
El ordenamiento aprobado por la Cámara de Diputados castiga con prisión de tres a seis años y multas de 44 mil 810 a 89 mil 620 pesos a la persona que viole la intimidad sexual de otra, grabando, fotografiando, imprimiendo o elaborando imágenes, audios o videos con contenido sexual, sin su consentimiento.
También a quien exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su autorización, y que le cause daño psicológico o emocional en cualquier ámbito de su vida privada o en su imagen propia.
La Ley Olimpia consiste en un conjunto de enmiendas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal para castigar la violencia digital, definida como toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación
Fue aprobada en lo general con 446 votos a favor y uno en contra.
De acuerdo con integrantes de colectivos feministas entrevistadas por la ley es perfectible, pero consideran que es un gran avance.
El nombre de Ley Olimpia surgió a raíz del caso de Olimpia Coral Melo Cruz, mujer poblana que sufrió violencia de género cuando su expareja difundió en las redes sociales un video de ella con contenido sexual y sin su consentimiento, en 2014.
Ante esta situación, Olimpia Coral y otras mujeres que habían pasado por experiencias similares se unieron para impulsar una iniciativa que castigara la violencia digital en el estado de Puebla. La bautizaron como Ley Olimpia.
CONGRESOS, OEM,
salvo los de Chihuahua y Tabasco, ya habían aprobado leyes locales similares